Llarena impide a Rull y Turull tomar posesión como ‘consellers’

Cataluña

Llarena impide a Rull y Turull tomar posesión como ‘consellers’

El juez del Supremo deniega la libertad provisional a ambos ante un riesgo de reiteración delictiva potenciado.

Tribunal Supremo

El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha denegado la libertad provisional indefinida solicitada por Josep Rull y Jordi Turull para tomar posesión y ejercer como ‘consellers’ de la nueva Generalitat de Cataluña de Quim Torra. Para el juez existe riesgo de fuga y que la amenaza de reiteración delictiva se ha potenciado con el anuncio del nuevo presidente catalán de que su voluntad es impulsar la república independiente ilegalmente declarada.

Según informa el CGPJ, Llarena indica en un auto que hace sólo cinco días, el 17 de mayo, la Sala de apelación del Supremo ha rechazado la libertad de ambos ‘exconsellers’, y añade que en este breve lapso de tiempo no ha habido una modificación de los parámetros básicos de evaluación del riesgo de reiteración delictiva.

Para el magistrado, la determinación de los partícipes en los hechos que se investigan era continuar la ejecución del plan ilegal para lograr la independencia tan pronto recuperaran el control de las instituciones de Cataluña, lo que muestra que “un eventual retorno de los procesados al Consejo de Gobierno de esa Comunidad, no sólo no desvanece o mitiga el riesgo de reiteración delictiva que trata de conjurarse, sino que lo potencia, más aún cuando el presidente que pretende designarlos ha exteriorizado su voluntad y determinación de impulsar la república independiente ilegalmente declarada”.

El juez rechaza también la alegación de los dos procesados de que, en la eventualidad de que la libertad provisional fuera aprovechada por ellos para perseverar en su delito, el instructor siempre podría corregir el menoscabo reactivando la medida cautelar de prisión.

“La sugerencia no sólo se enfrenta a los relevantes e irreparables perjuicios colectivos que pueden derivarse de la inobservancia y de la violación del orden constitucional que se adelantaba en los designios reflejados en el Libro Blanco para la independencia de Cataluña, sino que oculta la naturaleza argumentativa del alegato, pues la potencial reversión de la medida que sugieren los recurrentes, resultaría fácilmente inalcanzable si se considera el riesgo de fuga existente y las dificultades de ejecución que -en tal coyuntura revocatoria- podrían surgir”, indica el instructor.

Respecto a este riesgo de fuga, el juez recoge el argumento de la Sala de apelaciones en su auto del 17 de mayo: “No puede dejar de valorarse la estructura organizativa que los apoya, ni la consistencia económica de la misma, ni los contactos internacionales del grupo, elementos que han permitido a quienes ya se han fugado, mantener una apariencia de vida normalizada fuera de España y de la residencia que hasta entonces era su domicilio habitual”.

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