Primer golpe judicial al modelo Deliveroo en España: sus repartidores son falsos autónomos

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Primer golpe judicial al modelo Deliveroo en España: sus repartidores son falsos autónomos

El juzgado de lo Social número 6 de Valencia ha fallado a favor del 'rider' denunicante en el primer juicio de un repartidor contra la plataforma.

Deliveroo

La Justicia española se ha pronunciado por primera vez sobre el cuestionado modelo laboral de la plataforma de reparto de comida a domicilio Deliveroo: la compañía mantiene una auténtica relación laboral de empleador y asalariados con sus repartidores, por lo que estos no pueden considerarse autónomos. El fallo del juzgado de lo Social número 6 de Valencia, que resuelve a favor del ‘rider’ denunciante el primer juicio contra la empresa por recurrir a la fómula del ‘falso autónomo’, podría sentar un precedente ante la oleada de enfrentamientos judiciales a los que se tendrá que enfrentar la empresa británica en Barcelona.

Según explica el experto en Derecho Laboral Adrián Todolí, que ha tenido acceso a la sentencia, el dictamen “declara la laboralidad del ‘rider’”, y condena además a Deliveroo a pagarle una indemnización por despido improcedente, al ‘romper’ su relación con él después de que no aceptara las nuevas condiciones.

El argumento principal del fallo es que la compañía controla todo el proceso y el repartidor apenas tiene capacidad de decisión y negociación, lo que está en línea con las resoluciones previas realizadas por la Inspección de Trabajo de Valencia y Madrid.

En concreto, según apunta Todolí en su blog, la sentencia señala que el repartidor está controlado en todo momento por GPS por la empresa, que vigila además sus tiempos de reparto. Otra de las conclusiones es que la ‘app’ y la página web mediante las que se gestiona la actividad son de Deliveroo, “por lo que el ‘rider’ carece de estructura empresarial”. La multinacional también fija el precio, mientras que los repartidores desconocen qué restaurantes están apuntados a la aplicación en cada momento y no pueden saber si hay muchos o pocos pedidos a cada restaurante. “La ajenidad en la información es uno de los indicios de laboraldiad del S. XXI”, explica el experto en Derecho Laboral.

Esta sentencia que da la razón al exrepartidor valenciano Víctor Sánchez puede ser la primera de muchas. Se trata de la primera resolución de un juicio contra Deliveroo, pues hasta la vista con Sánchez celebrada, la compañía había conseguido frenar las demandas que cuestionaban su condiciones laborales ‘a golpe de chequera’. Pero hace un par de semanas tuvo que verse la cara en los juzgados con otro ‘rider, en este caso en Barcelona, en el primero de los 16 juicios a los que tendrá que enfrentarse en la Ciudad Condal hasta finales de año, tras las denuncias presentadas por un grupo de repartidores que fueron despedidos por la plataforma británica después de la huelga convocada el pasado verano.

Se espera que Deliveroo recurra este primer fallo, pero con las resoluciones de Inspección de Trabajo en la mano, sindicatos y afectados esperan que la condena a Deliveroo se mantenga firme.

Sin duda, la sentencia sentará precedente sobre el modelo laboral de la plataforma de comida a domicilio, aunque actualmente las condiciones de los repartidores de Deliveroo no son las mismas que las que tenía Víctor Sánchez. Todolí espera que tras ella se deje de permitir “esta bolsa de fraude en la economía de plataformas ya que solamente con Deliveroo estamos hablando de más de 1.000 trabajadores que actualmente no están cotizando en el Régimen General de la Seguridad Social con las pérdidas de ingresos para el Estado que ello implica y la competencia desleal hacia aquellas otras empresas que realizan la misma actividad cumpliendo con sus obligaciones”.

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