«Es sí o sí»: el juez Castro afirma que Urdangarin debe ingresar en prisión

Caso Nóos

«Es sí o sí»: el juez Castro afirma que Urdangarin debe ingresar en prisión

El instructor del caso Nóos, ante las declaraciones del fiscal Horrach, defiende que "el rey Juan Carlos tendría que haber declarado más como imputado que como testigo".

José Castro, juez

El juez que instruyó el caso del Instituto Nóos, José Castro, ha valorado las consecuencias inmediatas de la sentencia del Tribunal Supremo y en concreto sobre la condena a cinco años y 10 meses de cárcel para Iñaki Urdangarin.

“Con el Código Penal en la mano no hay otra solución que decretar el ingreso en prisión de este señor”, ha defendido el juez en declaraciones a Cadena Ser. El magistrado apunta que «no es que vayamos a disfrutar de que ningún ser humano entre en prisión, pero es que las sentencias se dictan para ser ejecutadas, y la suspensión de esta sentencia con arreglo al Código Penal no tiene cabida».

Es la Audiencia de Palma la que tiene en sus manos la opción de decretar la entrada en prisión del marido de la infanta Cristina y cuñado del Rey Felipe VI, en un caso que lleva juzgándose desde 2010.

La decisión del juez Castro de sentar en el banquillo a la infanta fue polémica por el rechazo de la Fiscalía, y Jueces por la Democracia llegó a denunciar que Castro sufrió “presiones de todo tipo” (aunque el instructor negó tales presiones). No obstante, el juez, ya retirado, manifestó su desencanto con la sentencia de la Audiencia Provincial de Palma del caso que instruyó: “Aunque respeto la sentencia a mí no me convence», afirmó en el Diario de Mallorca.

Este martes, aún no ha tenido tiempo de consultar en su totalidad la sentencia, pero ya ha valorado sus implicaciones: «Creo que pedirle a una sentencia que acierte creo que es pedir demasiado, porque el acierto unánime sería imposible, seguro que ha agradado a unas personas y ha podido disgustar a muchas otras».

«Pero lo importante no es el acierto, sino que quienes dictan la sentencia lo hagan siguiendo las directrices de su conciencia y no para contentar a un juez instructor ni para contentar a un fiscal ni a unas defensas ni tan siquiera a un clamor popular», ha defendido.

«En este sentido, dice no dudar de que los instructores de esta sentencia del Supremo la han redactado según “su conciencia”, pero lo que sí deberán es «explicar por qué han elegido entre otras muchas alternativas, esta que se ha plasmado en esta sentencia”. “Me parece una condena benévola, de saldo”, ha explicado en declaraciones a Telecinco.

Poco más tarde ha compartido su visión en La Sexta, donde ha dicho que “como instructor, tenía mi visión de los hechos, pero era una visión deformada porque era una realidad que yo había elaborado, pero podía o no coincidir con la que apreciara el tribunal sentenciador, y el tribunal apreció otra”.

Sobre la entrada en prisión o no del exduque, Castro ha reiterado que “es sí o si a mi entender”. “Es una sentencia firme, no cabe anular la pena de prisión, incluso aunque hubiera circunstancias excepcionales, porque al ser una de las penas superior a dos años no se puede aplicar la suspensión de la condena, por lo tanto tiene que entrar, es algo sin debate”, ha defendido.

Preguntado por su experiencia en la instrucción de este mediático caso, Castro ha admitido que de alguna maner hubo “un trato de favor” pero que parte del sistema global: “Aquí chocaba que el fiscal asumiera ciertas defensas cuando esas personas tenían sus propios abogados, pero no veo que el tribunal haya dispensado un trato de favor ni a Urdangarin ni a la infanta”, ha aclarado.

También ha sido cuestionado por las declaraciones del fiscal del caso, Pedro Horrach, que apuntaba a la posible implicación en el caso del rey emérito, Juan Carlos de Borbón: «Don Juan Carlos hubiera tenido que declarar si no fuera inviolable», ha defendido el fiscal hoy, en una entrevista por la publicación de su libro.

A ello Castro ha respondido que «el rey Juan Carlos tendría que haber declarado más como imputado (y con esto no estoy lanzando ninguna imputación) que como testigo».

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