La Virgen del Amor ‘se queda’ con su medalla al mérito policial por decisión judicial

Interior

La Virgen del Amor ‘se queda’ con su medalla al mérito policial por decisión judicial

Imagen de Nuestra Señora María Santísima del Amor

La Audiencia Nacional avala la decisión del ministro Fernández Díaz por tres votos a favor y el voto particular discrepante de dos de los jueces. La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha decidido, sólo por un voto de diferencia, desestimar el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Asociación Europa Laica contra la decisión del ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, de conceder la Medalla de Oro al Mérito Policial a Nuestra Señora María Santísima del Amor.

La sentencia ha contado con el voto favorable de tres de los magistrados (Fernando Benito, Tomás García y José María Gil) y el voto en contra de dos: José Luis Gil (presidente de la Sección) y Jesús Nicolás García Paredes, magistrados que han formulado un voto particular.

En el auto, hecho público hoy, la Audiencia justifica su fallo en al que la distinción en realidad tenía como destinataria a la Cofradía de Jesús el Rico y María Santísima del Amor de Málaga, cuyo símbolo representativo es esta Virgen, “Cofradía con la que el Cuerpo Nacional de Policía colaboración, principalmente durante los actos celebrados durante Semana Santa y con la que comparte una serie de valores como la dedicación, el desvelo, la solidaridad y el sacrificio”.

Además, en la sentencia se recuerda que «no es la primera ocasión en la que se concede el ingreso en la Orden del Mérito Policial a una imagen religiosa como símbolo representativo de un colectivo, hermandad o cofradía por su colaboración o vinculación con el Cuerpo Nacional de Policía en una labor de fomento de prestigio y la solidaridad del mismo”.

Y se estima la Administración tiene “potestad discrecional” para otorgar este tipo de condecoraciones, y que la Audiencia no aprecia irracionalidad o arbitrariedad

Jueces discrepantes

Sin embargo, en su voto particular los dos magistrados que discrepan con la sentencia hacen notar que para la concesión de la Medalla de Oro o de Plata al Mérito Policial se requieren unas condiciones que no se dan en este caso.

Recordando que según la ley a Ley 5/64, que regula la concesión de estas medallas, para que se conceda este honor es necesario que concurran estas circunstancias: que los interesados fallezcan en acto de servicio o padezcan mutilaciones o heridas graves de las que quedan deformidad o inutilidad importante y permanente en determinadas condiciones, dirijan o realicen algún servicio de trascendental importancia, que redunde en prestigio de la Corporación, poniendo de manifiesto excepcionales cualidades de patriotismo, lealtad o abnegación, tengan una actuación ejemplar y extraordinaria, destacando por su valor, capacidad o eficacia reiterada en el cumplimiento de importantes servicios, también con prestigio de la Corporación, o realicen, en general, hechos análogos a los expuestos que, sin ajustarse plenamente a las exigencias anteriores, merezcan la recompensa por implicar méritos de carácter extraordinario

Subrayan los magistrados discrepantes que según la ley, si se otorga una condecoración policial a una persona no perteneciente a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado es algo “excepcional” que sólo procede hacerlo cuando, “con carácter extraordinario, resulte aconsejable su concesión por importantes motivos relacionados con el propósito de tales recompensas”.

Algo que consideran no se cumple, de ninguna manera, en este caso en cuestión, resumiendo estos dos jueces discrepantes los motivos por los que rechazan la sentencia en una frase que lo dice todo: “Con todos los respetos para la postura mayoritaria, ni la asistencia a actos procesionales ni el privilegio de liberar un preso durante la Semana Santa constituyen comportamiento o actuaciones extraordinarias o «motivos» que, excepcionalmente, aconsejan otorgar la principal distinción policial, al no suponer esta concesión ningún incentivo para los miembros de la Policía Nacional”.

No hay que olvidar que, aunque la decisión del ministro Fernández Díaz fue recurrida por dos organizaciones laicas, la medida también provocó en su día una gran controversia en el Cuerpo ya que incluso el Sindicato Unificado de Policía (SUP) la llegó a calificar de “burla” al estar “reservada a aquellos compañeros que mueren en atentado terrorista”.

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