Los peritos dicen al juez del caso Popular que el banco debió declarar pérdidas en 2015 por más de 1.000 millones

Caso Banco Popular

Los peritos dicen al juez del caso Popular que el banco debió declarar pérdidas en 2015 por más de 1.000 millones

Concluyen que la entidad no clasificó adecuadamente los riesgos en los refinanciados acreditados hasta diciembre de 2016.

Banco Popular

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Los peritos del Banco de España han señalado al juez instructor del ‘caso Popular‘ que la extinta entidad debió declarar pérdidas en el ejercicio de 2015 por más de 1.000 millones de euros en lugar de beneficios de 106 millones de euros.

En un informe remitido al Juzgado Central de Instrucción Número 4, al que ha tenido acceso Europa Press, sendos expertos explican que el banco «hubiera tenido un resultado negativo antes de impuestos de 1.715 millones de euros». «Lo que estimamos implicaría pérdidas después de impuestos de 1.194 millones, en lugar de beneficios de 106 millones si, en ese momento, se hubiesen dotado 1.762 millones en provisiones adicionales», sostienen.

Este último importe es el que los peritos consideran «necesario para subsanar el déficit de 1.824 millones de euros cuantificado por la inspección de crédito refinanciado del Banco Central Europeo (BCE), referida a junio de 2015 y que se desarrolló en 2016

Esas son las conclusiones alcanzadas por los peritos Santiago Ruiz-Clavijo y Pablo Hernández en la ampliación de un informe que elaboraron en 2019 a fin de determinar si a finales del año 2015 se mantenía un déficit de provisiones por parte de la entidad y su «trascendencia» para las cuentas anuales de la entidad.

Ese primer informe, recuerdan, concluía la existencia, a junio de 2015, de unas necesidades de clasificación como dudosos de 2.380 millones de euros y un déficit de cobertura de 1.824 millones. Sin embargo, aclaran, «el objetivo perseguido con la pericia solicitada» por el juez en esta ocasión no era «volver a revisar los 100 acreditados para verificar la existencia de un déficit a diciembre de 2015, sino estimar con mayor precisión el déficit identificado a junio de 2015 que subsista en diciembre» de ese mismo año.

LOS CRITERIOS DEL INFORME

Así, y «para lograr hacer este traslado del déficit», los peritos han «analizado el criterio utilizado en la inspección» del BCE. «Nuestra conclusión es que, tal como señalábamos en nuestro anterior informe, en general, se calcula la necesidad de provisiones, y por tanto el déficit, enfrentando el importe del riesgo que se califica como dudoso con el valor que se estima de las garantías», apuntan.

A su juicio, «el valor de las garantías no habrá sufrido variación entre junio y diciembre de 2015 puesto que la inspección, que desarrolló sus trabajos en el primer semestre de 2016, tomó en consideración las últimas tasaciones disponibles».

«En coherencia con el criterio de la inspección y esta asunción sobre la estabilidad en el valor de las garantías hemos trasladado a diciembre el déficit estimado en junio de 2015 con las variaciones de riesgo y provisiones en el periodo», continúan.

En este sentido, explican, ese criterio automático ha sido complementado «con una revisión individualizada de aquellos casos en los que, por presentar variaciones significativas del riesgo o de las provisiones, podría no ser válido aplicar el criterio automático».

Así, entre las variaciones consideradas como significativas entre junio y diciembre de 2015 se han tenido en cuenta los acreditados cuyo saldo en dudoso haya disminuido en más de un 5% sin que varíe el saldo total de las operaciones del acreditado en la misma proporción, aquellos cuyas provisiones hayan disminuido en más de un 5% en el mismo periodo y, por último, los acreditados cuyo saldo dispuesto haya sufrido variaciones al alza o a la baja en un importe mayor a un 10%.

SOBRE EL RIESGO REFINANCIADO

Además, añaden los peritos, se han completado los criterios anteriores descritos después de que el Banco Santander –entidad que adquirió el Popular– facilitase las posiciones a junio de 2015, diciembre de 2015 y diciembre de 2016.

«Opinamos que estos límites de referencia anteriores son suficientes como para poder analizar las variaciones en los acreditados en los que se haya modificado el riesgo, calificación contable y provisiones con un impacto material en la cuantificación del déficit a diciembre de 2015 y, por otro lado, son los suficientemente amplios para excluir las variaciones no significativas que se tratan mediante el criterio automático», aducen.

Por último, y tras analizar la información de la que disponían, los peritos concluyen que «la evolución del riesgo refinanciado en los acreditados de la muestra del BCE evidencia que Banco Popular no clasificó adecuadamente estos riesgos hasta diciembre de 2016».

«Adicionalmente, señalamos que, en diciembre de 2015, aunque el porcentaje de operaciones identificadas como refinanciadas es similar a junio de 2015, se observan casos puntuales que Banco Popular pudo desclasificar incorrectamente», apostillan.

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