La JEC también apercibe a Teresa Ribera por vulnerar la neutralidad institucional al hablar de Doñana en Moncloa

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La JEC también apercibe a Teresa Ribera por vulnerar la neutralidad institucional al hablar de Doñana en Moncloa

El organismo concluye que vulneró la Ley Electoral, si bien no cree procedente incoar un expediente sancionador y se limita a apercibir a la vicepresidenta y ministra.

teresa ribera

La vicepresidenta tercera y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera en el hemiciclo. (Foto: Congreso)

La Junta Electoral Central (JEC) ha apercibido a un nuevo miembro del Gobierno, en este caso la vicepresidenta tercera, Teresa Ribera, por haber vulnerado la neutralidad institucional haciendo electoralismo al haber criticado en una rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros la ley promovida por el PP y Vox para legalizar pozos en los alrededores del Parque Nacional de Doñana.

Así lo hace el organismo arbitral en un acuerdo dictado este miércoles y publicado este jueves por el que estima parcialmente la reclamación presentada por el PP.

El artículo 50.2 de la Ley Electoral prohíbe, desde la convocatoria de las elecciones hasta su celebración, cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos por las autoridades públicas.

En el caso de Ribera, la JEC señala que sus declaraciones contra el PP y Vox fueron “espontáneas” y a respuesta a una pregunta de la prensa, pero deja claro que esa “ausencia de premeditación” no mitiga su “responsabilidad” ni la “exime” del “deber de diligencia con el que debe comportarse en sus intervenciones institucionales, evitando la emisión de manifestaciones con connotaciones electoralistas”.

“En definitiva, –añade la JEC en el escrito recogido por Europa Press— la realización de alusiones y apreciaciones valorativas con connotación electoralista podría resultar legítima en el curso de un acto de campaña o en el ordinario ejercicio de la libertad de expresión, pero no en el desempeño de la actividad institucional propia de una autoridad pública”.

Por todo ello concluye que Ribera vulneró el citado artículo de la Ley Electoral, si bien no cree procedente incoar un expediente sancionador y se limita a apercibir a la vicepresidenta y ministra de Transición Ecológica y Reto Demográfico.

Además, pide que durante lo que resta de período electoral esas declaraciones sean retiradas de la web institucional de Moncloa, y a que “en futuros actos institucionales extreme su diligencia para evitar vulnerar el principio de neutralidad que los poderes públicos están obligados a respetar durante el proceso electoral”.

Por último, la JEC cuestiona las alegaciones formuladas por Ribera de que actuó con “voluntad de minimizar el impactos” de las declaraciones denunciadas por el PP. La ministra esgrimió la retirada de sus palabras de la web oficial, pero el organismo arbitral constata que estuvieron allí hasta este mismo miércoles, ocho días después de realizarlas y cinco después de la denuncia, con lo que concluye que es “razonable estimar que la voluntad de minimizar el impacto” de sus palabras “ha sido escasa”.

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