Banco Santander
La dirección de Banco Santander todavía no ha realizado a los sindicatos una oferta sobre las condiciones económicas para los 4.000 afectados por el expediente de regulación de empleo (ERE) que plantea llevar a cabo, pero sí les ha anunciado los criterios que establecerá para decidir qué empleados se verán afectados.
El Santander ha aportado a los representantes de los trabajadores “los criterios que establecerían para decidir qué plantilla sería la afectada por las salidas de este ERE”, señala UGT en una circular. En primer lugar se fijará la “adscripción voluntaria”, aunque el banco se reserva el derecho de aceptar o no la baja.
Además, en caso de no cubrirse las bajas con salidas voluntarias se aplicarán los siguientes criterios de selección: “menor valoración en la evaluación”, y “menor polivalencia funcional”. UGT critica no obstante que “estos criterios son totalmente subjetivos”. “La evaluación es un proceso unilateralmente impuesto por el banco que no ha sido nunca consensuado con la representación legal de los trabajadores. Por lo que la garantía de objetividad es cero o nula”, destaca la formación.
La formación critica además que en el ajuste de 2019 la voluntariedad “fue incumplida de forma reiterada en su aplicación por la empresa durante todo el proceso”, por lo que ha pedido “que esta vez ejecute una voluntariedad real y transparente, que dé tranquilidad a la plantilla en su ejecución y un control sindical en la aplicación de estos parámetros”.
Por otro lado, la dirección ha comunicado que los trabajadores que en principio estarán excluidos del ERE. En primer lugar aquellos “en situación de excedencia, de cualquier tipo, iniciadas con anterioridad al 2 de noviembre, exceptuando las excedencias compensadas que provienen del ERE de Banco Popular del 2016”. También los “trabajadores con discapacidad superior al 33%”, y aquellos “cuyos hijos padezcan una discapacidad igual o superior al 33%” o que “tengan a su cuidado hijos con enfermedad grave”.
Tampoco podrán verse afectados las víctimas de violencia de género. Por último, en el caso de dos miembros de un matrimonio, o pareja de hecho registrada legalmente sean empleados del banco y estén afectados por medidas de extinción de sus contratos de trabajo, uno de los dos, a su elección, será excluido del despido colectivo.
UGT considera también que “estas exclusiones son insuficientes” y solicita tener en cuenta otras situaciones, como por ejemplo la protección del integrante activo en el banco de aquellos matrimonios ya afectados por EREs anteriores.
Mientras, CCOO ha solicitado a la dirección “la retirada de las causas económicas del ERE y la reducción del perímetro de afectación con la ampliación de las opciones de recolocación tanto en el grupo como en Santander Personal”. También “reducir el número de oficinas afectadas por la propuesta de cierre teniendo en cuenta que ya se han venido afrontando cierres durante este año 2020 junto a los cierres temporales motivados por la pandemia”.
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