El Supremo da cuatro días para alegar sobre la petición del PSOE de revisar los votos nulos en Madrid

El Supremo da cuatro días para alegar sobre la petición del PSOE de revisar los votos nulos en Madrid

El tribunal da traslado a la Fiscalía, al PP, a Sumar y a Vox del recurso del PSOE, así como del informe de la Junta Electoral Provincial y del expediente administrativo.

Tribunal Supremo

Tribunal Supremo.

El Tribunal Supremo ha acordado dar un plazo de cuatro días naturales a la Fiscalía, al PP, a Sumar y a Vox para que presenten sus alegaciones sobre la petición del PSOE de que se lleve a cabo un nuevo escrutinio general en la provincia de Madrid para revisar los votos nulos y para que se anule la proclamación del dirigente del PP Carlos García Adanero como diputado electo.

Fuentes jurídicas han confirmado a Europa Press que la Sala de Vacaciones ha fijado este plazo tras recibir el recurso presentado por los socialistas contra la decisión de la Junta Electoral Central (JEC) de rechazar su petición de revisar todos los votos nulos en la provincia de Madrid.

El PSOE ha acudido al Supremo con la intención de que se revierta dicha decisión porque, a su juicio, la proclamación como diputado electo del dirigente del PP Carlos García Adanero ha “cercenado” la posibilidad de proclamar al socialista Javier Rodríguez Palacios, número 11 en las listas de Madrid.

Según han indicado las mismas fuentes, los magistrados han dado ya traslado a las partes –entre las que también destacan los diputados del PP Carlos García Adanero y José Antonio Martínez Páramo– del recurso del PSOE, así como del informe de la Junta Electoral Provincial de Madrid y del expediente administrativo.

Al hilo, han precisado que –hasta ahora– los socialistas han presentado dos recursos por la vía de lo Contencioso-Administrativo: uno relativo a la tramitación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) y otro por la vía de derechos fundamentales. De momento, el alto tribunal ha tramitado uno de ellos, el primero.

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