La decisión ha sido adoptada por mayoría por la Sección Cuarta de dicha Sala, señalan fuentes del tribunal.
Los magistrados han acordado anular el Real Decreto de nombramiento y la retroacción de actuaciones para que el Consejo Fiscal se pronuncie sobre si concurre o no la prohibición prevista en el artículo 58.1 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.