El PP usa su mayoría en Andalucía para subir el sueldo a Juanma Moreno y a altos cargos de la Junta

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El PP usa su mayoría en Andalucía para subir el sueldo a Juanma Moreno y a altos cargos de la Junta

El Parlamento andaluz aprueba el aumento salarial con los votos del PP. El PSOE se ha abstenido, mientras que Vox, Por Andalucía y Grupo Mixto-Adelante han votado en contra.    

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El presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, en una imagen de archivo. (Foto: Junta)

El Parlamento de Andalucía, en su Diputación Permanente, ha convalidado este miércoles, con los únicos votos del PP, el decreto-ley que conlleva una subida del sueldo en 2024 de 269 altos cargos de en torno al 15%, incluido el del titular de la Presidencia de la Junta, actualmente, Juanma Moreno, que se elevará un 18,8%. De esta manera, pasará a cobrar 87.333 euros anuales, repartidos en 12 mensualidades. El PSOE se ha abstenido en la votación, mientras que Vox, Por Andalucía y Grupo Mixto-Adelante Andalucía han votado en contra.

En defensa del decreto-ley, el consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, Antonio Sanz, que ha planteando que este asunto debe tratarse “de manera rigurosa y fuera de demagogia”. Dicho esto, ha justificado su elaboración en que “el sistema retributivo de los miembros del Gobierno y del personal alto cargo de la Junta y asimilados carecía hasta ahora de una regulación normativa sistemática y completa, de forma que dicho sistema retributivo exige una regulación integral y no dispersa”.

Sanz ha señalado que el presidente de la Junta de Andalucía era el “segundo presidente autonómico peor remunerado” de España, solo por encima del de Cantabria. Ha querido dejar claro que “no es una cuestión partidista, sino de altura institucional y representación institucional de una comunidad como Andalucía”.

Se trata de que, gobierne quien gobierne, según ha señalado, intentar aproximarnos con “sensatez” a un cierto equilibrio entre la función ejecutiva y legislativa y la representación institucional de la comunidad.

La Junta defiende que es una subida “razonable”

El consejero ha manifestado que las subidas son en unas cantidades “razonables” y no se trata de dar un salto “para estar a la cabeza”, sino que el presidente de la Junta se sitúa “prácticamente en la mitad” de las retribuciones de jefes de ejecutivos autonómicos.

El Gobierno andaluz argumenta para justificar esta nueva normativa que “las retribuciones del personal alto cargo de la Junta no han experimentado en los últimos años las mismas actualizaciones que las del personal funcionario”, según Europa Press. Por ello, “se considera adecuado actualizar dichas retribuciones tomando como referencia las cuantías que perciben por todos los conceptos con carácter fijo y periódico los portavoces de los grupos parlamentarios andaluces, y minorándolas en los porcentajes que se establecen en este Decreto-ley en función del rango de los distintos órganos”.

En concreto, en lo que respecta a la persona que ostente la presidencia de la Junta, el decreto-ley establece que la cuantía de sus retribuciones, “excluidos los trienios o complementos de antigüedad, será equivalente a la establecida para retribuciones e indemnizaciones por la Mesa del Parlamento de Andalucía, en cómputo anual y por todos los conceptos, salvo locomoción, para los portavoces de grupos parlamentarios, minorada en un 5%, sin derecho a pagas extraordinarias y referida a doce mensualidades, sin perjuicio de la percepción de catorce mensualidades de la retribución por antigüedad que pudiera corresponderle de acuerdo con la normativa vigente”.

Retribuciones de consejeros, viceconsejeros, secretarios…

De igual modo, el Gobierno andaluz establece en este decreto que la cuantía de las retribuciones de consejeros, viceconsejeros, secretarios generales, directores generales, secretarios generales técnicos, delegados del Gobierno andaluz, delegados territoriales y provinciales, y “asimilados a cualquiera de los anteriores, ya sean de la Junta de Andalucía o de sus agencias administrativas y de régimen especial”.

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