El juez mantiene imputado a Narcís Serra por las operaciones inmobiliarias de CatalunyaCaixa

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El juez mantiene imputado a Narcís Serra por las operaciones inmobiliarias de CatalunyaCaixa

Para el juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno “existen indicios de criminalidad” por parte del exvicepresidente del Gobierno y otros cuatro investigados.

Narcís Serra

El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha acordado continuar la investigación por irregularidades en CatalunyaCaixa respecto del expresidente de la entidad y exvicepresidente del Gobierno Narcís Serra y otras cuatro personas, pero sólo respecto de determinadas operaciones inmobiliarias a través de la Promotora Catalunya Mediterránea SAU (PROCAM) al quedar archivada el resto de la causa.

En un auto, el magistrado explica que en este procedimiento se investigaban, por un lado, los acuerdos de separación de socios efectuados en los años 2008 y 2013 y, por otro, las operaciones de inversión llevadas a cabo por CatalunyaCaixa en el periodo comprendido entre 2000 y 2007.

En el primer caso, el titular de Juzgado Central de Instrucción 2 archiva la causa respecto de todos los investigados puesto que, tal y como sostiene la Fiscalía, “no puede afirmarse que los administradores actuaran con una clara voluntad de perjudicar a la entidad y beneficiar a terceros cuando tomaron las decisiones de separación de socios ni en ejecución de tales actos”. Además, a su juicio, no existen elementos suficientes para entender que los administradores de CatalunyaCaixa “actuaran con un ánimo de perjudicar a la sociedad, ni de que se obtuviera beneficio económico personal o ajeno como exige el tipo penal”.

Además, los hechos estarían prescritos, al no ser apreciable la existencia de continuidad delictiva entre ellos, sin que “incluso se llegue a considerar suficientemente justificada la perpetración del delito en cada uno de los actos de separación de socios y proceda su sobreseimiento provisional para todos los investigados que formaron parte de los órganos de decisión a partir del año 2008 y aprobaron tales operaciones”.

En lo que se refiere a la segunda parte de la instrucción, correspondiente a proyectos inmobiliarios en los que CatalunyaCaixa participó de manera directa mediante la toma de participaciones accionariales mayoritarias, junto con socios ajenos a la entidad, el auto destaca las irregularidades detectadas en muchas de las operaciones.

No obstante, señala que en consonancia con lo ya expuesto respecto de la prescripción, descartada la concurrencia de elementos suficientes del tipo penal en los diferentes acuerdos de separación de socios, “tampoco puede sostenerse una continuidad delictiva entre estos, adoptados respecto de cada uno de los acuerdos de ‘desinversión’ y los diferentes actos de inversión llevados a cabo hasta el año 2007 propiamente dichos, al tener en uno y otro caso una finalidad esencialmente contraria y que impide apreciar la existencia de un ‘plan preconcebido’”.

Sin embargo, en los casos de Torca Procam Polska, explica la resolución, se acuerda una inversión global en Polonia el 4 de julio de 2006 y se fijan los términos fijan los términos de la misma el 31 de octubre de 2006, elevándose a públicos los contratos para el desarrollo de dichos proyectos durante el año 2007, si bien durante ese año y los posteriores se realizan varias “operaciones aparentemente muy irregulares, que cumplirían con el patrón descrito en párrafos anteriores del presente escrito, correspondientes a siete proyectos distintos que podrían constituir delito continuado de administración desleal. Por su parte, en relación a Vertix Procam (LANDOMUS), se repiten las mismas irregularidades, y todos los actos se llevan a cabo a partir del año 2007, y en relación a tres proyectos distintos, por lo que estos hechos no estarían prescritos”, afirma.

Por tanto, concluye el magistrado que en relación con tales operaciones inmobiliarias vinculadas con Torca Procam Polska y Vertix Procam (LANDOMUS), conforme a lo expuesto por el Ministerio Fiscal, “existen indicios de criminalidad” en la participación de los investigados Narcís Serra Serra, José María Loza Xuriach, Lluis Gasull Amorós, Eduardo Aznar Berruezo y Joan Valls Porcel, haciéndose necesaria la continuación de la presente causa para “averiguar y hacer constar la perpetración de los delitos investigados con todas las circunstancias que puedan influir en su calificación y la culpabilidad”.

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