El Supremo rechaza ordenar el cierre de la web ‘Calatrava no nos calla’

Justicia

El Supremo rechaza ordenar el cierre de la web ‘Calatrava no nos calla’

Santiago Calatrava, arquitecto

El arquitecto pidió al tribunal que se clausurara este portal y que se le pagara una indemnización por vulneración de su honor. El Tribunal Supremo ha fallado en contra de la demanda de Santiago Calatrava protegidas por la libertad de expresión e información. Para el Supremo, es aceptable el modo elegido por Esquerra Unida para denunciar «el despilfarro de las administraciones públicas, lo elevado de los honorarios cobrados por el demandante con cargo al erario público, la existencia de favoritismo, de irregularidades en la contratación, de obras defectuosas, retrasadas, de proyectos pagados que ni siquiera habían empezado a ejecutarse, la localización de las empresas de demandante de forma que los impuestos no se pagaran en España… etc».

El caso llegó al Supremo después de que el arquitecto recurriera la decisión de la Audiencia Provincial de Valencia, que estimó que el nombre original de la web, ‘calatravatelaclava’, sí atentaba contra el honor del arquitecto, pero no el contenido de la misma. La Audiencia condenó a EU a pagar 30.000 euros en concepto de indemnización pero no ordenó el cierre de la web.

Calatrava consideró que la multa no era suficiente -pedía 600.000 euros- y por eso recurrió ante el Supremo, a pesar de que la formación política ya había cambiado el nombre del portal.

«No concurren las razones que motivaron el pronunciamiento condenatorio, puesto que «no nos calla» es una expresión claramente diferente de «te la clava», explica el Supremo según EFE.

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