Un juez suspende la pena de 3 años de cárcel a Jaime Botín por la enfermedad grave que padece

Justicia

Un juez suspende la pena de 3 años de cárcel a Jaime Botín por la enfermedad grave que padece

Jaime Botín fue condenado a tres años de cárcel por la comisión de un delito contra el patrimonio histórico.

El banquero Jaime Botín en el juicio de un delito de contrabando de bienes culturales por haber intentado sacar de España el cuadro de Picasso 'Cabeza de mujer joven'. - Marta Fernández Jara - Europa Press - Archivo

El banquero Jaime Botín en el juicio de un delito de contrabando de bienes culturales por haber intentado sacar de España el cuadro de Picasso 'Cabeza de mujer joven'. - Marta Fernández Jara - Europa Press - Archivo

El Juzgado de lo Penal número 28 de Madrid, de Ejecutoria Penal, ha suspendido la condena a tres años de cárcel impuesta al expresidente de Bankinter Jaime Botín por contrabando de un cuadro de Picasso debido a «la enfermedad grave que padece, con padecimientos incurables».

Según informan fuentes jurídicas, el órgano judicial ha adoptado esta decisión en una resolución tras la evaluación efectuada por el médico forense adscrito a los a Juzgados.

Jaime Botín fue condenado a tres años de cárcel por la comisión de un delito contra el patrimonio histórico, al sacar de España el cuadro de Picasso ‘Cabeza de una mujer joven’, pese a no contar con la preceptiva autorización del Ministerio de Cultura.

La resolución que suspende la pena de cárcel no ha alcanzado aún firmeza y contra ella cabe la formulación de un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, si bien la tramitación del citado recurso no suspende la decisión adoptada por el juez.

CUADRO VALORADO EN MÁS DE 26 MILLONES DE EUROS

Botín trató de sacar el cuadro, valorado en 26,2 millones de euros, perteneciente al periodo de Gósol del pintor malagueño (1906), mediante una petición que presentó el 5 de diciembre de 2012 a la Secretaría de Estado de Cultura. En ella autorizaba a la casa de subastas británica Christie’s a realizar el traslado con destino a Londres.

Sin embargo, unos días después la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español acordó denegar el permiso argumentando que no existe «una obra semejante en territorio español» y que se trata de una de las pocas pinturas de una etapa en la que el autor «se ve claramente influenciado por la plástica del arte ibérico» y en la que su trabajo influyó «decisivamente, no sólo en el cubismo sino también en la evolución posterior de la pintura del siglo XX».

Este mismo organismo encargó a la conservadora jefe de Pintura y Dibujo del periodo 1881-1936 del Museo Reina Sofía un informe en cuyas conclusiones se destacaba la «excepcional importancia» de la pintura, adquirida por Botín en 1977 a la Marlborough Fine Art de Londres.

BOTÍN DIJO QUE NO ERA SUYO

Con esta valoración, el director general de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas dictó una resolución el 19 de diciembre de 2012 en la que denegaba «el permiso de exportación definitiva» del cuadro y pedía a la Comunidad de Madrid que declarara la pintura como Bien de Interés Cultural (BIC).

Dos días después Botín presentó un recurso en el que alegaba que el cuadro no era de su propiedad sino de una compañía denominada Euroshipping Charter Company Limited, que apuntó además que el barco no estaba en territorio español por encontrarse en un velero de pabellón británico atracado en el Real Club Náutico de Valencia.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional confirmó en 2015 la prohibición de salida del cuadro de Picasso por cuanto «se trata de una medida cautelar que puede y debe adoptarse por la Administración cuando un bien no se haya declarado todavía de interés cultural y deba serlo por concurrir o poder concurrir los méritos que le hacen acreedor de tal condición como tal».

EL EXBANQUERO IGNORÓ LA ORDEN DE CULTURA

La sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid recalcó que el exbanquero ignoró la orden de Cultura, «pese a ser plenamente consciente» de ella, y trasladó el cuadro a su goleta atracada en Valencia «con la finalidad de sacarlo de España, dando instrucciones a su capitán para que lo ocultara a las autoridades».

De hecho, dos años y medio después, en junio de 2015, el Servicio Fiscal de la Guardia Civil realizó una inspección del barco y pidió al capitán que hiciera una declaración de los bienes a bordo, pero no incluyó el cuadro, tal y como le había indicado Botín y se da por probado en la sentencia.

Fueron los servicios aduaneros franceses los que, sabiendo que el exbanquero estaba tramitando un permiso de salida de Córcega, donde la goleta estaba atracada, ordenaron una inspección de la misma y localizaron el cuadro embalado en la cabina del comandante.

Cuando se enteraron de que Botín tenía prohibido sacar la pintura de España, procedieron a su incautación, dado que además, el banquero estaba tramitando pasajes de avión para desplazarse con el cuadro hasta Suiza.

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