Justicia

Peinado rechaza archivar el caso de Begoña Gómez e insiste en que la juzgue un jurado popular

El juez cita como testigo el 14 de mayo al empresario José María Torres, quien se habría reunido con Gómez y su asesora Cristina Álvarez, también imputada.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y su mujer, Begoña Gómez, durante su viaje a China. (Foto: Pool Moncloa / Borja Puig de la Bellacasa)
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y su mujer, Begoña Gómez, durante un viaje a China. (Foto: Pool Moncloa / Borja Puig de la Bellacasa)

El juez Juan Carlos Peinado ha rechazado el recurso interpuesto por Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, contra su decisión de abocar la causa a un jurado si finalmente llega a juicio, al tiempo que ha vuelto a rechazar el archivo de la investigación y ha citado como testigo el próximo 14 de mayo al empresario José María Torres, quien se habría reunido con Gómez y su asesora Cristina Álvarez, también imputada.

En un auto recogido por Europa Press, el magistrado desestima las alegaciones de Gómez, cuya defensa criticaba que los argumentos del magistrado para dirigir la causa a un jurado son “falaces” o no tenían “la entidad que les da el instructor”.

La defensa de Begoña Gómez, que criticaba también la “redacción confusa” del auto judicial en el que Peinado aducía sus razones, plasmó en su escrito que “la única conclusión” que podía extraerse de esa resolución es que se le está investigando “por ser cónyuge del presidente del Gobierno”.

El instructor ha rechazado, asimismo, el archivo de la causa que pedían las defensas de los tres imputados –Gómez, su asesora Cristina Álvarez y el empresario Juan Carlos Barrabés–, que entendían que no hay indicios racionales de que hubieran cometido delito alguno.

Cinco días para presentar escrito de conclusiones

El pasado abril, el magistrado procesó a Begoña Gómez por presuntos delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, malversación y apropiación indebida, dejando fuera el supuesto de intrusismo profesional, por el que también la había investigado durante la instrucción del caso.

Por otro lado, en una providencia a la que ha tenido acceso esta agencia de noticias, el magistrado concede cinco días a las defensas de los investigados para que presenten el escrito de conclusiones del proceso de instrucción y acuerda que reciban el escrito de calificaciones elaborado por las acusaciones populares que lidera hazte Oír y la Fiscalía.

Hazte Oír pedía 24 de años de cárcel para Gómez y la retirada del pasaporte por riesgo de fuga, mientras que el Ministerio Público abogaba por el sobreseimiento.

Asimismo, en otra providencia a la que ha tenido acceso Europa Press, el magistrado acata la decisión de la Audiencia Provincial de Madrid y deja sin efecto una resolución emitida a finales de 2025 en la que acordaba reclamar un informe a la Asociación de Abogados del Estado para esclarecer si la esposa de Sánchez incurrió en un delito de intrusismo profesional al firmar pliegos de contratación de la Universidad Complutense de Madrid (UCM), puesto que el instructor dejó fuera ese delito cuando la procesó.

En el marco de esta causa, el instructor indaga en varias líneas de investigación: el presunto tráfico de influencias de Gómez a favor de Barrabés; la gestión de Gómez en la cátedra y los dos másteres que codirigía en la Complutense; la presunta apropiación indebida por parte de la esposa de Sánchez del ‘software’ de dicha cátedra; y el nombramiento de Cristina Álvarez como asesora de Gómez.

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