Un Juzgado dictamina que los repartidores que colaboran con Glovo no son falsos autónomos

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Un Juzgado dictamina que los repartidores que colaboran con Glovo no son falsos autónomos

La sentencia considera que la relación entre ambas partes no reúne las notas características propias de una relación laboral.

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Un juzgado en primera instancia de Madrid ha resuelto que los repartidores de la startup Glovo no son falsos autónomos ya que “la relación que había entre ambas partes no reúne las notas características propias de una relación laboral”, según informa la startup en un comunicado.

La sentencia detalla que “el demandante no tenía jornada ni horario. Él decidía la franja horaria en la que deseaba trabajar, elegía los pedidos que le interesaban y rechazaba los que no quería, decidía con libertad la ruta a seguir hasta cada destino, no tenía obligación de comenzar o finalizar su jornada en una determinada hora, la empresa no le imponía la clase o número de pedidos que tenía que hacer ni la ruta para llevarlos a cabo, el pedido se realizaba siguiendo las instrucciones dadas por el cliente final”.

Por otra parte, se señala que “el actor, además, decidía el cómo, el dónde y el cuándo de la prestación de servicios, tenía el dominio completo de su actividad y podía incluso desistir de un servicio previamente aceptado a mitad de ejecución sin sufrir por ello penalización alguna. Ninguna de estas características son predicables de una relación laboral ordinaria, sino de una relación de trabajo en régimen de autónomo TRADE”.

En relación al sistema de puntuación, la resolución refleja que “no es un instrumento de control o sanción del empleador, ya que sirve para regular la preferencia de acceso a pedidos. El hecho de que se acumulen más puntos por prestar servicios en horas de mayor demanda no es una sanción sino un incentivo, no debiéndose confundir un concepto con otro”.

En definitiva, “no consta el sometimiento del trabajador a una estructura organizativa interna de la Empresa, que sólo decide las tarifas con que abonará los servicios, el lugar de prestación de los mismos y la herramienta a través de la cual oferta los ‘recados’ (APP)».

La startup destaca que después de superar con éxito en 2016 la inspección de trabajo en Barcelona y tras haber recibido el apoyo de la justicia italiana hace unos días, el modelo de negocio de Glovo en España “se ve de nuevo reforzado” gracias a esta resolución judicial.

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