El TC rechaza el recurso del Gobierno y da ‘luz verde’ a mejorar los derechos de los subcontratados

Empleo precario

El TC rechaza el recurso del Gobierno y da ‘luz verde’ a mejorar los derechos de los subcontratados

El PP había recurrido esta propuesta del PSOE, aplaudida por sectores como las ‘Kellys’.

Las Kellys de Madrid.

El Tribunal Constitucional ha dado un revés parcial a la reforma laboral del Partido Popular. En TC ha decidido desestimar el recurso del Gobierno de Mariano Rajoy contra la proposición de ley del PSOE que pretende garantizar la igualdad en las condiciones laborales de los trabajadores subcontratados.

El Boletín Oficial del Estado de este martes 29 de mayo de 2018 publica el fallo del Tribunal Constitucional ante el recurso promovido por el Gobierno de la Nación.

El PSOE propuso hace ya más de un año una Proposición de Ley por la que los trabajadores subcontratados y externalizados deberían tener los mismos derechos que quienes trabajan para las empresas matrices (principales).

La Cámara Baja aprobó esta propuesta gracias a los votos de los socialistas, a Unidos Podemos, ERC, PNV, PDeCAT, CC y EH Bildu. Ciudadanos se abstuvo y el Partido Popular votó en contra de la medida.

El PP trató de vetar esta propuesta en la Mesa del Congreso alegando que afectaba a las cuentas y a la estabilidad presupuestaria. Los integrantes del órgano negaron la mayor e ignoraron el veto planteado por el PP.

Esta decisión provocó la indignación del Ejecutivo, que recurrió antes el Tribunal Constitucional este conflicto entre órganos constitucionales. Sin embargo, el Constitucional ha dado la razón al PSOE.

“En suma, atendidos los términos de la motivación del Gobierno, ha de concluirse, como ya se anticipó, que la decisión de la Mesa del Congreso por la que se rechaza el veto a la tramitación de la proposición de ley sobre modificación del artículo 42.1 del estatuto de los trabajadores, no menoscaba la competencia reconocida al Gobierno por el artículo 134.6 CE, lo que conduce a la desestimación del conflicto”, asegura la sentencia del TC.

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