Un juez tumba la venta de 3.000 pisos públicos a fondos buitre en época de Ignacio González

Vivienda

Un juez tumba la venta de 3.000 pisos públicos a fondos buitre en época de Ignacio González

El juzgado no entiende cómo el IVIMA calificó de "innecesarias" 32 promociones de pisos cuando su cometido es "proporcionar el acceso a una vivienda digna a las clases desfavorecidas".

Ignacio González.

Un juez ha decidido anular la venta de cerca de 3.000 viviendas públicas de la Comunidad de Madrid a la inmobiliaria Azora. El juzgado de lo contencioso-administrativo número 29 estima la demanda que presentó una vecina de Navalcarnero y tumba el pacto del fondo buitre y el gobierno regional de Ignacio González en 2013, que cerró la venta de 2.935 viviendas, 3.084 garajes, 1.865 trasteros y 45 locales por algo más de 200 millones de euros.

El caso se centra en la denuncia de una mujer que en 2007 accedió a una vivienda del Instituto de la Vivienda de la Comunidad de Madrid (IVIMA) en Navalcarnero, con una reducción del 90% en su renta por protección oficial y se querelló porque sus condiciones empeoraron tras la venta.

Años después, la sentencia a la que ha tenido acceso este medio estima que “el IVIMA no ha determinado con precisión la naturaleza y extensión de las necesidades que se pretendía cubrir” con la venta, encuentra “ausencia de motivación” y critica que la Administración regional del PP actuó sin estudios “sobre el impacto social que ha provocado a numerosas familias en situación precaria económicamente”.

Aunque esta sentencia es recurrible, llama la atención la contundencia del magistrado en la defensa del acceso a la «vivenda digna» como derecho básico y por su crítica de todo el proceder del IVIMA de González. El juzgado ve “vulneración del derecho a la igualdad del actor y su familia frente a otros beneficiarios de renta que el IVIMA no ha vendido”, así como “vulneración de los principios de protección a la familia, menores, y del derecho a una vivienda digna”.

La base de la sentencia es el argumento de que la región no necesitara los pisos: el juez cree que la empresa pública de vivienda no tiene argumentos para avalar “el requisito de innecesariedad que justifique la enajenación”, que se firmó en junio de 2013.

El magistrado critica “la simple y llana afirmación de que “no son necesarias” las 32 promociones, sin que se explique ni justifique dicha afirmación con ningún tipo de informes o análisis complementarios de carácter técnico, económico, financiero y legal”.

“Es decir, no se ofrece ni justifica la razón o el porqué dejan de ser necesarias dichas promociones, cuando juntan total de 2.935 viviendas que cumplen una función social como es la de proporcionar a clases desfavorecidas una vivienda digna”, insiste la sentencia, recordando que el 80% de ellas estaban ocupadas en el momento de la venta.

Porque “otra cosa es que esas viviendas no hubieren llegado a ocuparse por falta de solicitantes, o que la ocupación fuere mínima o que con el tiempo y falta de demanda hubieren quedado desocupadas”, expresa el juez.

La sentencia dice no entender cómo la venta de 3.000 viviendas puede ayudar a conseguir el objetivo último del IVIMA, que es “proporcionar el acceso a una vivienda digna a las clases desfavorecidas”.

Además, critica que el acuerdo de venta de tantas viviendas a la vez quebranta los planes de la empresa pública a gran escala, por lo que no se entiende que esa modificación del plan político del IVIMA no fuese refrendado previamente por el Consejo de Administración del ente, trámite que no se hizo.

“Una cosa es la delegación de competencias al gerente […] y otra bien diferente es llevar a cabo una enajenación masiva de 32 promociones que supone una alteración de todo un programa de actuación”, explica con contundencia el juez.

Todos estos motivos llevan al juzgado madrileño a “anular totalmente dicho acto y dejar sin efecto alguno la adjudicación y enajenación” de los casi 3.000 pisos.

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