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La Audiencia levanta las imputaciones al Consejo de Administración de Adif

La Audiencia de A Coruña apunta en su auto que las imputaciones del juez Aláez a los miembros del Consejo del ente público son «prematuras». La Audiencia Provincial de A Coruña ha decidido dejar sin efecto las imputaciones a los 22 cargos del Consejo de Administración de Adif por el accidente ferroviario del pasado 24 de julio en Santiago de Compostela, en el que fallecieron 79 personas.

Así lo ha notificado en un auto la sección sexta de la Audiencia de A Coruña por el que estima el recurso presentado tanto por Adif como por uno de los imputados. El escrito acuerda dejar sin efecto las imputaciones realizadas por el Juzgado de Instrucción número 3 de Santiago el 24 de septiembre sobre los integrantes del Consejo de Administración del ente público.

Según informa Europa Press, el auto es firme y contra él no cabe recurso. De esta manera, tras retirar ayer también la imputación a cinco técnicos de seguridad, en este momento de la instrucción el único que permanece imputado es el maquinista del tren siniestrado, Francisco José Garzón del Amo.

En el auto, la Audiencia Provincial considera que la imputación de estos 22 cargos por parte del juez Aláez, que instruye la causa sobre el accidente, es “prematura”. En concreto, los magistrados de la citada sala apuntan que la decisión Aláez de apreciar «criminalidad» en la «omisión del deber de cuidado» por parte de los técnicos de seguridad y cargos de Adif en relación a las medidas de seguridad, además de precipitada, es “carente de base suficiente”.

En este sentido, explican que la imputación “supone una provisional atribución de participación en un hecho criminal”, que debe sustentarse en “una base fáctica” y no únicamente por el “hecho de desempeñar cometidos en materia de seguridad”.

“Es necesaria la indagación sobre la adecuación y el cumplimiento de las medidas que en materia de seguridad ciudadana existían, o debieran existir, pero ello no determina la necesidad de que las personas con responsabilidad en tal materia en el seno de Adif deban tomar, de forma preventiva, la condición de imputados”, aclara el escrito, que limita esta posibilidad a la “aparición en el curso de la investigación de datos de consistencia suficiente” que la avalen.

De esta manera, la Audiencia Provincial reconoce que la circulación de un tren que transporta personas, por su “propia naturaleza” tiene “un riesgo” de daños personales, pero “no cabe el reproche penal por el mero hecho objetivo de que ese riesgo se haya materializado”, sino que “ha de valorarse si la acción o inacción» de estos responsables pudo aumentar este riesgo.

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E.B.

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