Los sanitarios piden a la Justicia que impida a Ignacio González quitarles sus puestos de funcionarios

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Los sanitarios piden a la Justicia que impida a Ignacio González quitarles sus puestos de funcionarios

Ignacio González, presidente de la Comunidad de Madrid

Los planes de Ignacio González para quitar su condición de funcionarios a casi 500 sanitarios madrileños podrían desvanecerse. Más de medio centenar de afectados por esta medida han presentado un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en el que piden la suspensión cautelar de la misma porque el Gobierno regional les quiere obligar a dejar el trabajo asistencial para pasar a desempeñar labores administrativas si no se integran en el régimen de personal estatutario.

El recurso, al que ha tenido acceso EL BOLETÍN, pide a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM que dicte la suspensión cautelar de esta medida, incluida en el apartado número 13 del Plan de Reordenación de Recursos Humanos impulsado el pasado mes de marzo por el Gobierno de la Comunidad de Madrid y cuyo objetivo es cumplir con una norma impuesta por el Ministerio de Sanidad.

En concreto, el recurso va contra el punto ‘Integración del Personal Funcionario Sanitario de Carrera al servicio de las IISS del Servicio Madrileño de Salud’ del plan regional. Los 57 funcionarios que han presentado esta acción judicial critican que el Gobierno de Ignacio González hable de una “integración voluntaria” cuando en realidad hay una “imposición”: si no aceptan perder su plaza, ganada por oposiciones, y se integran en el régimen de personal estatutario, se enfrentarán a una adscripción forzosa a órganos administrativos ajenos a las plazas que han venido ostentando hasta ahora.

Por ello piden la suspensión cautelar argumentando que, en primer lugar, no se pueden obviar los daños y perjuicios que la decisión de Ignacio González tendrá sobre los profesionales afectados. Concretamente, hablan del “conflicto jurídico” que se creará cuando estos sanitarios, “que han superado procesos selectivos notablemente difíciles para obtener la condición de funcionarios de carrera en plazas de estas instituciones”, se vean forzados a optar por la integración y conversión en personal estatutario “si desean conservar la plaza sanitaria legalmente obtenida”.

Esta “relegación” a personal estatutario, continúa el recurso, “les aparta de su vocación y carrera profesional” y además habilita a la Administración a destinar a esos trabajadores a “centros o unidades ubicados fuera del ámbito previsto en su nombramiento” como funcionarios. Además, la “integración voluntaria” no es tal porque “se priva al funcionario de uno de sus derechos básicos: el derecho al cargo” logrado mediante oposición.

Es más, el recurso indica que “la integración que se impone se ordena en contradicción frontal con el régimen que la propia Comunidad de Madrid tiene”, que dice que “el personal funcionario que no opte por la integración continuará en el puesto de trabajo que desempeñe… conservando los derechos que se deriven de su condición de personal funcionario”.

En segundo lugar, la suspensión debería decretarse, según dice el recurso, porque “la ejecución de la integración supone la privación de una plaza legítimamente ganada” que pasarán a ser ocupadas por personal estatutario. Si el proceso judicial se alarga, “además de la privación material durante años del ejercicio profesional, podría haber incidencias en la ocupación de dichas plazas, incluido el acceso legítimo de terceros mediante procesos de concurso” que podrían conducir a la “imposibilidad de ejecución de las sentencias que llegasen a dictarse”. Esas plazas ya estarían ocupadas legítimamente y no podrían devolverse a quienes les fueron arrebatadas por la medida del Gobierno regional.

Por último, dice el recurso de los funcionarios sanitarios, a la hora de decretar o no la suspensión debería tenerse muy en cuenta los intereses de terceros, en este caso de los pacientes afectados. Según el documento, “la ejecución de la integración tendría un perjuicio para el interés general” puesto que “afecta a un personal sanitario dotado de alta cualificación y especialización” que ocupa “plazas de exigencia tan singular como las de emergencias sanitarias, las de los centros de salud mental y las de las unidades de hospitalización”.

Es decir, que los ciudadanos que “precisen los servicios de emergencia, como los pacientes habituales del personal sanitario afectado, que trabajan en unidades de salud mental y hospitales, donde es esencial la continuidad y seguimiento del profesional”, con el que mantiene un “vínculo terapéutico”, se verán “privados” de tal atención.

De no suspenderse esta medida, dice el recurso, se pueden producir “situaciones irreversibles para los recurrentes y de perjuicios para los propios intereses generales y de terceros”. “Se trata de mantener el servicio sanitario en las condiciones en las que viene prestándose actualmente”.

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