El Gobierno tendrá en cuenta la capacidad económica de los manifestantes a la hora de sancionarlos

Ley de Seguridad Ciudadana

El Gobierno tendrá en cuenta la capacidad económica de los manifestantes a la hora de sancionarlos

Manifestación contra los recortes

El Consejo de Ministros ha dado hoy luz verde a la polémica Ley de Seguridad Ciudadana, que se envirará al Congreso para iniciar el trámite parlamentario. El Gobierno ha aprobado hoy el Proyecto de Ley de Seguridad Ciudadana, que tanta polémica ha suscitado y que ha sido bautizado por los movimientos sociales como ‘Ley Mordaza’. Según ha explicado el ministro de Interior, Jorge Fernández-Díaz, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, se trata de una norma que “está en condiciones de garantizar más y mejor la seguridad ciudadana” porque proporciona “más seguridad jurídica”.

En su intervención, Fernández-Díaz ha recordado que la primera lectura de esta norma se produjo en el Consejo de Ministros del pasado 29 de noviembre, y que más de siete meses y medio después, y tras someterlo al dictamen de diversos organismos públicos, ha sido aprobado.

El objetivo de la consulta que se ha hecho a la Agencia Española de Protección Datos, al Consejo Fiscal, al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y finalmente al Consejo de Estado, así como a varios ministerios, la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y varias entidades sociales, como Amnistía Internacional e Intermon Oxfam, no era otro que “contribuir a garantizar más y mejor la seguridad ciudadana sin menoscabo y con respeto absoluto a los derechos de los ciudadanos”. Y ahora, ha dicho el ministro, estamos “en condiciones de afirmar que este texto cumple ese objetivo”.

Se trata de un texto “profundamente garantista de los derechos de los ciudadanos”, ha insistido Fernández-Díaz, que ha afirmado que su contenido responde a la intención del Gobierno de, en sintonía con el proyecto de reforma del Código Penal, “despenalizar las faltas”, ya que por ejemplo “determinadas conductas sancionadas en el Código Penal pasarán a estarlo en una norma administrativa”.

Asimismo, habrá una “nueva regulación de potestades de intervención policial (en identificaciones, cacheos…)” que será “más garantista porque recoge toda la jurisprudencia de los últimos años”. Y la norma también hace una “definición precisa de las sanciones, reduce el margen de discrecionalidad en la imposición de las sanciones, y detalla los criterios a tener en cuenta a la hora de concretar la cuantía de las multas”, ha explicado el ministro.

La norma tiene cinco capítulos, 55 artículos, 7 disposiciones adicionales y una transitoria, y ahora el Gobierno la enviará al Congreso para que se inicie el trámite parlamentario.

Sobre las novedades, Fernández-Díaz ha explicado que como novedad sobre la vigente ley, “define el concepto material de seguridad ciudadana. Ninguna lo recogía frente al concepto difuso de orden público”, y eso ha merecido el “elogio de los organismos públicos consultados”.

Además, sobre el mantenimiento de la seguridad ciudadana, se especifica que las identificaciones “deben respetar los principios de no discriminación y de proporcionalidad”. La norma, ha dicho el ministro, “prohíbe las identificaciones por perfiles étnicos por primera vez” y también “regula los traslados a dependencias policiales para la identificación cuando no sea posible hacerla por medios físicos o telemáticos en el lugar requerido”. En este sentido, el titular de Interior ha dicho que la permanencia del ciudadano en la comisaría “no podrá superar en ningún caso las 6 horas” y que, a sugerencia del Consejo de Estado, se ha incluido un punto que dice que se expedirá “un volante acreditativo del tiempo de permanencia en dependencias policiales a la persona sometida a esta diligencia”.

La Ley de Seguridad Ciudadana también regula “las medidas de control administrativo sobre armas, explosivos y artículos pirotécnicos”, y las sanciones. Sobre este punto, el ministro ha explicado que “las cuantías no se modifican respecto a vigente ley de 1992” y ha señalado cuál es el principal cambio que se introduce.

“Hasta ahora las sanciones estaban divididas en infracciones leves, graves o muy graves. Ahora las graves o muy graves, lo estarán a su vez en grado mínimo, medio y máximo, y así siempre se sancionará con el mínimo salvo que se den alguna de las circunstancias que se tipifican en la ley (reincidencia, especial gravedad…)”. Y “a efectos de modulación de la cuantía, se tendrá en cuenta la capacidad económica del infractor”, ha dicho Fernández-Díaz.

Por último, ha indicado que la ley “no modifica el derecho de reunión y manifestación”, sino que “sólo pretende sancionar las acciones violentas, graves o coactivas. En ningún caso reprimir, sino garantizar más el derecho de manifestación y reunión”, ha insistido. Se sancionará, ha dicho, a aquellos que “perturben el desarrollo de una manifestación”.

“Por ejemplo, sobre las manifestaciones ante Congreso, el Senado o las Asambleas autonómicas, la ley vigente lo considera grave si se incumplen requisitos como el de no comunicar esas manifestaciones. En este proyecto de ley, la mera infracción de esa condición pasa a ser infracción leve, y sólo será grave si el incumplimiento está acompañado de la perturbación grave de la seguridad de los que se manifiestan”, ha concluido.

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