La Justicia rechaza que exista delito de odio contra la policía al no ser un colectivo vulnerable

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La Justicia rechaza que exista delito de odio contra la policía al no ser un colectivo vulnerable

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña archiva una querella de la Fiscalía contra el diputado de ERC Ferran Civit por lanzar una serie de comentarios tras el 1-O.

Policía carga referéndum

Fuerzas de ocupación”, instar a que no se les dé alojamiento o “represores”. Estos fueron algunos de los comentarios que el diputado de ERC en el Parlament Ferran Civit dirigió contra la Policía Nacional tras el 1-O. Fue denunciado por delito de odio y ahora el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha archivado la querella.

La Fiscalía entró de oficio contra el político catalán, pero este viernes la Justicia ha rechazado la acusación. El TSJC ha descartado que se pueda imputar a Civit por un delito de odio al considerar que la policía no es un colectivo vulnerable, tal y como reclama el Código Penal.

En este sentido, el TSJC ha concluido que “el discurso de odio u hostilidad contra la autoridad o contra los agentes de la misma no pueden ser sancionado conforme al artículo 510 del Código Penal –que hace referencia a los delitos de odio-”.

Pese a ello, la Justicia catalana no ha descartado otros tipos delictivos como el atentado, resistencia, injurias y amenazas graves.

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