Nacional

La jueza exige À Punt y al Gobierno de Mazón el vídeo del Cecopi en la Dana

Así, en dos autos notificados hoy en el marco de la causa penal por la Dana y facilitados por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), la instructora se refiere a las alegaciones presentadas por la cadena pública para no haber difundido y aportado al procedimiento las grabaciones de sonido se sustentan en el secreto profesional de dicho medio de comunicación.

À Punt trasladaba a la magistrada que entregará los brutos de la cámara con el material grabado durante los días de la tragedia “siempre que así lo requiera”, ya que sostiene que la difusión voluntaria le podría hacer incurrir en responsabilidades penales, también para los trabajadores que grabaron la reunión del Cecopi, según Europa Press.

Sin embargo, la jueza considera que “ha de ponderarse en el acceso a las grabaciones, el carácter de medio público de À Punt, la existencia de un procedimiento penal, la ponderación de los intereses en conflicto y el contenido de las grabaciones aportadas hasta el momento” y que la grabación emitida por RTVE sobre esa reunión “permite dar una información veraz de lo sucedido”.

Así, considera que “en esa ponderación entre mantener oculto el audio y la cooperación en la investigación de un procedimiento penal, ha de ceder de manera clara que dichas grabaciones que pertenecen a una sociedad de carácter público deben ponerse a disposición de este órgano judicial”.

Además, señala que “ha de atenderse a la jurisprudencia constitucional que hubiera avalado incluso la difusión de vídeos de tal carácter sin un previo requerimiento judicial de aportación al proceso”. En este sentido, cita la sentencia del TC sección 1 del 25 de febrero de 2019.

Aportación de las grabaciones

Del mismo modo, recoge la citada agencia, expone que “existía una relevancia comunitaria de los datos” como expresa la jurisprudencia constitucional citada, así como un procedimiento penal en curso, y “en el conflicto entre la información con un caso de tal gravedad, la pérdida de 229 vidas humanas la reserva a la que aluden para no difundir el audio inicialmente, incluso actualmente, debió primar el primero, es decir, la íntegra aportación de las grabaciones, con imagen y sonido, estando plenamente legitimada la entidad pública para la difusión desde el punto de vista del medio informativo”.

A lo anterior ha de sumarse que, una vez se ha producido una difusión pública, igualmente en la ponderación de los intereses en conflicto, como en la jurisprudencia citada en el auto de 8 de septiembre de 2025, “debe primar la obtención de la grabación, cuyo contenido se reveló como un elemento especialmente relevante en la instrucción de la causa”.

La grabación contradice declaraciones en sede judicial

La instructora cree que también debe ponderarse “la relevancia de las grabaciones de que pueda disponer À Punt en la presente causa, dado que, precisamente, es objeto de investigación el momento de remisión del ES-Alert, su contenido, el proceso de decisión y la posible participación en dicho proceso de otras personas que no ostentan la condición de investigados, partiendo igualmente de la gravedad de los hechos objeto de la presente instrucción: la pérdida de 229 vidas humanas (una de ellas dependiente) y los lesionados”.

Al respecto, subraya que la grabación pública “contradecía declaraciones prestadas en sede judicial y las circunstancias en que se obtienen, estaban presentes periodistas, los cuales pudieron oír lo que finalmente quedó registrado” y señala que “se cumplirían los estándares jurisprudenciales en orden a la aportación de la grabación”.

Partiendo de que puedan haber grabaciones similares a las ya difundidas, apuntada que es de idéntica aplicación la jurisprudencia citada de del Tribunal Supremo núm 421/2014, de 16 de mayo. Así, explica que hay que tomarse en consideración diversos factores: la naturaleza y grado de la compulsión utilizada para obtener la prueba, el peso del interés público en la investigación y castigo del delito en cuestión (proporcionalidad), la existencia de otras garantías en el procedimiento y el uso que se ha dado al material obtenido.

De este modo, recalca que el Cecopi “no se trataba de una reunión a puerta cerrada, dado la toma de decisiones no es propia de un órgano colegiado, estuvieron presentes o conectados telemáticamente personas que no eran miembros del Cecopi, y entraban técnicos a aportar información de la evolución de la emergencia, tal y como se confirmó por los testigos en el presente procedimiento”.

Finalmente, resaltar “la importancia” de las grabaciones emitidas por RTVE cuya unión a la presente causa ya sido acordada por esta juez, no sólo en relación a las obligaciones de dicho ente como medio de comunicación, sino igualmente en la colaboración con la Administración de Justicia, “sin que se haya producido la violación de ningún tipo de derecho fundamental de los periodistas que habrían cumplido con la obligación de difundir una información que afecta a la población y que se desconocía pese al tiempo transcurrido desde la Dana”.

Petición a Emergencias

Del mismo modo, continúa Europa Press, acuerda requerir a Emergencias que remita a este Juzgado los recursos periodísticos de que disponga, ya sea en la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (Avsre) o en otro departamento de dicha Conselleria sobre la cobertura de la Dana del día 29 de octubre y especialmente, de la reunión del Cecopi que “voluntariamente y de forma pública” ha ofrecido aportar el conseller, Juan Carlos Valderrama, en caso de que se le requiriera. También requiere a la productora para que aporte las grabaciones, con imagen y audio, efectuadas, de esta reunión.

La magistrada recuerda que ya se solicitó una documentación, grabación o acta de la reunión y que desde la Avsre se declaró que dado que el Cecopi no es un órgano colegiado “no se levantan actas ni se graban sus sesiones, es por ello que no consta soporte documental alguno al respecto”.

 

Acceda a la versión completa del contenido

La jueza exige À Punt y al Gobierno de Mazón el vídeo del Cecopi en la Dana

E.B.

El Boletín es un periódico digital independiente especializado en información económica, financiera y política, con casi tres décadas de historia. Fundado en 1992 por el periodista CARLOS HUMANES, en la actualidad lo edita Editorial Asesores de Publicaciones SCM, sociedad perteneciente al 100% a las personas que trabajan a diario en la redacción. Somos un grupo de periodistas que defiende un periodismo riguroso, honesto y abierto. Ni siglas ni partidos.

Entradas recientes

Groenlandia rechaza la «amenaza rusa» y señala a EEUU como único riesgo en el Ártico

Durante su intervención en la Conferencia de Seguridad de Múnich, Nielsen ha afirmado que la…

10 horas hace

El gasto en defensa en Europa aumenta un 80% desde la guerra en Ucrania

El incremento consolida un cambio estructural en la política presupuestaria de la Unión Europea y…

11 horas hace

Pedro Sánchez rechaza el rearme nuclear y pide frenar la carrera armamentística en la OTAN

El jefe del Ejecutivo español intervino en la mesa redonda ‘¿A la par? Fortaleciendo las…

16 horas hace

La falta de cultura inclusiva frena la Ley de Discapacidad en las empresas

En España hay 1,9 millones de personas con discapacidad en edad de trabajar, pero su…

20 horas hace

JJpD critica el endurecimiento penal a multirreincidentes por carecer de efecto disuasorio

La reforma, impulsada por Junts y respaldada por PSOE, PP, Vox, PNV y UPN, eleva…

21 horas hace

Von der Leyen pide activar la cláusula de defensa mutua de la UE

Antes de abordar el núcleo de su discurso, la dirigente comunitaria situó su mensaje en…

22 horas hace