La CNMC pone pegas a Telefónica por su oferta de Fusión y por el acuerdo con Dazn sobre la F1

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La CNMC pone pegas a Telefónica por su oferta de Fusión y por el acuerdo con Dazn sobre la F1

Competencia insta a Telefónica a modificar o aclarar los términos de la oferta comercial Fusión que incluye el alquiler de “smartphones”

Telefónica

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha publicado una resolución en la que insta a Telefónica a modificar ciertos aspectos de su acuerdo con Dazn para adecuarlo a los compromisos adquiridos tras la operación de concentración Telefónica/DTS en abril de 2015. El regulador también ha instado a la operadora a modificar o aclarar los términos de la oferta comercial Fusión que incluye el alquiler de “smartphones”.

En el primer caso y tras analizar la compatibilidad del acuerdo que Telefónica y Dazn firmaron el pasado 7 de enero con los compromisos asumidos en la operación de concentración Telefónica/DTS, Competencia considera que ciertos aspectos del contrato «podrían no ser compatibles con los compromisos de la concentración» y suponer una reducción de la oferta mayorista que Telefónica pone a disposición de otros operadores, así como una restricción a los acuerdos que Dazn podría alcanzar con otros operadores para distrubuir sus contenidos.

Así, la CNMC pide a Telefónica que introduzca ajustes en el contrato para que los contenidos de Fórmula 1 sigan incorporados a su oferta mayorista y se asegure que Dazn accede a esos contenidos de una forma no discriminatoria.

En segundo lugar, Competencia reclama que el cómputo de clientes de TV de pago de Dazn sea modificado para cumplir con los compromisos relativos al coste mínimo garantizado.

Al mismo tiempo, la CNMC considera que ha de suprimirse la cláusula que limita la posibilidad de que Dazn alcance acuerdos con terceros operadores para distribuir libremente sus contenidos.

Esta resolución forma parte de la labor de vigilancia que realiza la CNMC para verificar que Telefónica cumple con los compromisos ofrecidos para la aprobación de la toma del control de DTS (la antigua Sogecable) por Telefónica al adquirir el 56% de DTS que poseía el grupo Prisa.

Los compromisos de la operación Telefónica/DTS afectaron al mercado de televisión de pago e incluyeron la comercialización mayorista de una oferta anual de contenidos consistentes en «canales premium», la replicabilidad de los productos con estos canales y el acceso no discriminatorio a Internet de sus clientes a contenidos de televisión de pago de operadores OTT (over the top).

En consecuencia, explica la CNMC, Telefónica debe contar con una oferta mayorista para que sus competidores puedan acceder a los canales de pago con contenidos ‘premium’ (películas de estreno, competiciones deportivas nacionales e internacionales, etc. incluida la Fórmula 1), y comercializarlos mediante sus propias plataformas de televisión de pago.

Para calcular el pago de los competidores por el acceso a los canales de fútbol y motor de la oferta mayorista, Telefónica tiene en cuenta el llamado coste mínimo garantizado (CMG).

OFERTA DE FUSIÓN

Por otro lado, la CNMC ha publicado una resolución en la que insta a Telefónica a aclarar o modificar ciertos términos de las condiciones de su oferta comercial Fusión lanzada el pasado mes de abril. Esta posibilita a sus clientes arrendar terminales móviles “smartphones” a cambio de una cuota mensual de 3 euros (con carácter general) y una permanencia, en la práctica, de 36 meses.

Esta resolución forma parte de la labor de vigilancia que realiza la CNMC para verificar que Telefónica cumple con los compromisos ofrecidos para la aprobación de la toma del control de DTS (la antigua Sogecable) por Telefónica al adquirir el 56% de DTS que poseía el grupo Prisa en 2015 (nota de prensa).

En este caso, la CNMC ha analizado la compatibilidad de las políticas comerciales minoristas de los paquetes Fusión de Telefónica con los compromisos adoptados. El objetivo es comprobar si la operadora cumple el compromiso de no incluir a sus clientes en España obligaciones de permanencia asociadas directa o indirectamente a servicios de televisión de pago (empaquetados o no), de forma que no entorpezca el cambio a otros competidores.

FUSIÓN Y ALQUILER DE SMARTPHONES

El 11 de abril de 2021, Telefónica modificó su oferta de paquetes Fusión y añadió el arrendamiento de un terminal “smartphone” a otros servicios de TV de pago, telefonía fija, banda ancha fija y línea móvil, con una subida de la cuota mensual de 3 euros con carácter general.

En el caso de que el cliente contrate este nuevo producto se le aplicarán ciertas condiciones de permanencia y penalización por baja anticipada por un periodo de 36 meses.

Competencia considera que la literalidad de estas nuevas condiciones podría limitar el cambio de los clientes a otras compañías, ya que se restringe su capacidad de suscribirse a servicios similares con televisión de pago ofertados por competidores de Telefónica.

En consecuencia, el regulador estima que Telefónica debe o bien introducir ajustes o bien aclarar los términos generales de las condiciones comerciales de esos productos para adecuarlos a los compromisos.

La CNMC también insta a Telefónica a que comunique dichas aclaraciones o modificaciones a los clientes que hubieran contratado previamente alguno de estos productos y a la CNMC, a quien también tendrá que comunicar otras modificaciones relativas a estos paquetes antes de su efectividad comercial.

 

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