Estrasburgo condena a España por la sentencia contra dos personas que quemaron fotos del rey

Libertad de expresión

Estrasburgo condena a España por la sentencia contra dos personas que quemaron fotos del rey

El Tribunal Europeos de Derechos Humanos considera que la justicia española vulneró la libertad de expresión de dos jóvenes.

Tirbunal de Estrasburgo Exterior

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condena a los tribunales españoles por vulnerar la libertad de expresión de dos personas que fueron condenadas por injurias a la Corona.

Se trata de la sentencia contra Jaume Roura y Enric Stern, dos jóvenes juzgados por injurias a la Corona al quemar fotos del rey Juan Carlos y la reina Sofía en 2007. Lo hicieron durante una visita de los monarcas a Girona y la Audiencia Nacional les condenó en primera instancia a 15 meses de prisión.

Después de que la Audiencia Nacional sentenciara que sus actos sobrepasaron el derecho a la libertad de expresión y que debían ser castigados por injurias a la Corona, el Constitucional redujo la condena, aunque manteniendo el tipo delictivo, y les condenó a pagar 2.700 euros de multa, constatando la comisión de un delito de odio.

Los jóvenes recurrieron a la justicia europea, que hoy tumba la sentencia de los tribunales españoles y les culpa de privar del derecho a la libertad de expresión a los dos condenados:

Estrasburgo encuentra “violación de la libertad de expresión de dos personas acusadas en 2007 de quemar una fotografía de los reyes de España”. Considera que aquellos actos “formaron parte de una crítica política, más que personal, contra la institución monárquica en general, y en particular contra la monarquía española como nación”, expresa.

La sentencia también apunta que se trató de un acto “escenificado” para atraer la atención mediática y que sólo incurrió en el “uso de un cierto grado de provocación para transmitir un mensaje crítico en el marco de la libertad de expresión”.

Además, la corte considera que “el acto no constituía incitación al odio o la violencia”, y señala que la sentencia de cárcel contra los imputados no fue “ni proporcional” ni “necesaria en una sociedad democrática”.

El tribunal europeo ha determinado que España debe pagar a los dos condenados los 2.700 euros que con que la justicia les multó y otros 9.000 euros por costos del proceso y gastos.

“Despenalizar las injurias a la Corona y los ultrajes a España”

Precisamente esta tarde el Pleno del Congreso debatirá una proposición de ley de ERC para derogar los artículos del Código Penal en los que se castiga con penas de prisión el delito de calumnias o injurias a los miembros de la Casa Real. Asimismo, el que fija multa por ofensas o ultrajes a España, sus comunidades autónomas o a sus símbolos o emblemas.

Según Europa Press, Esquerra sostiene que “la libertad de expresión es el derecho fundamental de toda persona a expresar ideas libremente, y por tanto, sin censura”, y que así queda recogido en el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

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