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El Supremo amenaza con multar al Gobierno si no acoge a los menores solicitantes de asilo en Canarias

La Sala constata el “claro incumplimiento” de la medida cautelar acordada el 25 de marzo pasado al no haberse evaluado a ningún menor en los dos meses transcurridos, ni elaborado una relación completa y precisa de los mismos, con desconocimiento de los derechos que la legislación relativa a la protección internacional reconoce a los solicitantes de asilo, muy especialmente a los que se encuentran en situación de “vulnerabilidad y necesidad”.

“Hasta el momento”, y después de “dos requerimiento incumplidos”, insisten los magistrados, “la Administración estatal ni se ha implicado eficazmente en garantizar el acceso de estos menores a las condiciones de acogida que resultan de su competencia”. Tampoco, afirma, “ha adoptado medidas eficaces para corregir la masificación en la tramitación de solicitudes, circunstancia que se erige en presupuesto de la anterior”.

En el auto se relaciona el conjunto de derechos que debe ser garantizado a estos menores y que son competencia exclusiva del Estado. “Tales derechos, que no son solo los de contenido material o asistencial atendidos en este momento por la Comunidad Autónoma Canaria, continúan sin ser efectivamente reconocidos a estos menores por parte de la Administración del Estado o no lo están siendo en su extensión debida, a pesar de tratarse de personas en evidente situación de vulnerabilidad y necesidad”, exponen.

Tras estas consideraciones, el Supremo acuerda en el auto que, “en el plazo improrrogable de 30 días, se dote a las oficinas administrativas encargadas de la tramitación de estas solicitudes de protección internacional de los medios personales y materiales necesarios para que sean formalizadas, tramitadas y resueltas en un plazo razonable”. Y esto, apunta, “sin que pueda transcurrir más de 6 días entre la manifestación de la voluntad de solicitar la protección internacional y la formalización de la solicitud”.

Asimismo, “que en el plazo improrrogable de 15 días se articule en la forma que resulte más eficaz la colaboración con la Comunidad Autónoma de Canarias mediante la puesta a disposición de la misma de los medios y recursos materiales, personales y económicos necesarios para garantizar el acceso de estos menores al completo sistema material de acogida que deriva de su estatuto de solicitantes de protección internacional, con precisión del calendario de reuniones”.

El tribunal también ha acordado la “identificación de los responsables del cumplimiento de las medidas acordadas en cada uno de los ministerios afectados, presumiéndose, en otro caso, que serán quienes sean titulares del correspondiente Departamento Ministerial”.

Por último, señala que de todo ello “deberá darse cuenta detallada a la Sala cada 15 días hasta su completo cumplimiento con advertencia de que se adoptarán las medidas coercitivas previstas en la ley (art. 112 LJCA) en caso de no ser atendido este requerimiento”.

 

 

 

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El Supremo amenaza con multar al Gobierno si no acoge a los menores solicitantes de asilo en Canarias

Gustavo García

Periodista adicto a los pasillos del Congreso de los Diputados y a algún cafetillo y pincho de tortilla en la Cafetería de la Cámara baja entre comparecencia y comparecencia. Los gin-tonics los dejo para los diputados... PSOE, PP, Podemos, VOX... nada se me escapa. Tampoco le hago ascos a la política local y, en especial, a lo referente a la Comunidad de Madrid. Al pie del cañón en ElBoletin.com desde 2007.

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