begoña gómez
En un auto, recogido por Europa Press, los magistrados desestiman el recurso de ambas investigadas contra la decisión del titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid de llamarlas a declarar por ese delito.
La Audiencia de Madrid señala que las conductas que trata el juez de instrucción en el auto recurrido “parecen encajar en la figura delictiva de la malversación”.
“En la causa constan indicios del posible exceso en sus funciones de la asistente de la recurrente”, indica, “sin que por el momento se pueda llegar a ninguna conclusión relativa a la continuación por los trámites de la fase intermedia o el sobreseimiento de la causa, en cuanto que la instrucción sigue viva”.
Los magistrados añaden que “probablemente la actividad de Álvarez podría desarrollarse durante las veinticuatro horas, los siete días de la semana, lo que desde luego parece excesivo, más propio de una amiga interesada en los asuntos lucrativos de la ahora recurrente, que en la fría labor de la encargada de la agenda y demás asuntos protocolarios”.
Fue el pasado 18 de agosto cuando el juez Peinado acordó imputar a la esposa de Pedro Sánchez y a Álvarez por un presunto delito de malversación de caudales públicos por la contratación de su asesora en Moncloa.
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