El INE ha dado un paso crucial en la aplicación de la Ley por el Derecho a la Vivienda con la publicación del nuevo índice que regirá la actualización de los contratos de alquiler firmados desde mayo de 2023. Esta herramienta sustituye al tradicional IPC en estos casos y nace con el objetivo de frenar subidas desproporcionadas en los precios del alquiler.
¿Cómo se calcula el nuevo índice?
El índice de referencia para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda se calcula teniendo en cuenta varios elementos:
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La variación anual del IPC
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La inflación subyacente
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Las diferencias entre ambas tasas de crecimiento
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Un parámetro económico de largo plazo propuesto por la Dirección General de Política Económica
A todo ello se le aplica un coeficiente moderador, definido por los Ministerios de Vivienda y de Economía, en función de las circunstancias del mercado del alquiler.
Este índice busca servir como un límite de actualización para evitar subidas descontroladas en las rentas, y cada mes se publicará con los últimos datos disponibles, expresado con dos decimales.
En junio, el índice de referencia subió ligeramente al 2,1%, consolidando su papel como techo en la actualización de los nuevos contratos
Diferencias según la fecha del contrato
Los contratos firmados a partir del 25 de mayo de 2023 —fecha de entrada en vigor de la Ley de Vivienda— deberán usar este nuevo índice para calcular la subida anual del alquiler.
Por otro lado, los contratos anteriores a esa fecha seguirán actualizando su renta en función del IPC o del Índice de Garantía de Competitividad (IGC), tal y como conste en el contrato.
El IGC, en todo caso, está limitado por ley: nunca superará el 2% y no podrá ser inferior al 0%
Medida contra la inflación
Durante 2024, y como respuesta a las presiones inflacionarias derivadas de la guerra en Ucrania, el Gobierno limitó de forma extraordinaria la revalorización del alquiler al 3%. Medidas similares ya se aplicaron en 2022 y 2023, cuando las subidas se vincularon al IGC como tope.