El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite y ha dejado en suspenso la Ley de Presidencia de la Generalitat aprobada recientemente por el Parlament de Cataluña, varios de cuyos artículos permitirían una investidura a distancia del expresident Carles Puigdemont, procesado por rebelión por el Tribunal Supremo y actualmente huido en Alemania. La decisión se ha adoptado de forma unánime por los doce magistrados que integran el órgano de garantías.
Los artículos impugnados quedan suspendidos durante al menos cinco meses -prorrogables- mientras el tribunal de garantías resuelve sobre el fondo al aplicarse artículo 161.1 de la Constitución, que prevé la adopción de esta medida de forma automática una vez se comienzan a tramitar recursos de inconstitucionalidad impulsados del Ejecutivo.
A petición de la Abogacía del Estado, el TC acuerda notificar personalmente al presidente del Parlamento de Cataluña, Roger Torrent, y a los demás miembros de la Mesa y que se les advierta de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la
suspensión acordada.
El recurso elaborado por los servicios jurídicos del Estado entiende que los preceptos que amparan la investidura no presencial resultan claramente inconstitucionales y advierten que esta modificación legal «altera las reglas del juego de la vida parlamentaria en un momento esencial» y de «forma arbitraria» con el fin de aplicarse a «un caso específico», en alusión a Carles Puigdemont.
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