Oriol Junqueras, presidente de Esquerra Republicana de Catalunya y vicepresidente de la Generalidad de Cataluña.
El Pleno del Tribunal Constitucional ha dictado una providencia en la que, por unanimidad, acuerda admitir a trámite el recurso de amparo presentado por Oriol Junqueras y Jordi Sánchez contra el auto de la Sala Penal del Tribunal Supremo, que confirmaba el mantenimiento de la prisión preventiva incondicional acordada por la Audiencia Nacional.
Tanto Junqueras como Sánchez consideran que se han vulnerado, entre otros, los derechos a un proceso con todas las garantías, a la presunción de inocencia y al juez ordinario predeterminado por la ley (artículo 24.2 CE); a la libertad personal (artículo 17.1 CE) o a la participación política (artículo 23 CE).
El Tribunal entiende que en el recurso está justificada la “especial trascendencia constitucional en tanto que plantea una cuestión jurídica relevante que afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de este Tribunal”.
En consecuencia, el Pleno accede a la solicitud de ambos de “formar pieza separada de suspensión”.
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