Los afectados por las hipotecas multidivisa podrán pedir la nulidad de la escritura del préstamo debido a que los juzgados han acogido la pretensión de nulidad del contrato de préstamo hipotecario con arreglo a la “deficiente” información previa del producto suministrada por las entidades financieras al consumidor, según ha informado IURE Abogados en nota de prensa recogida por Europa Press.
“Podemos hablar de varios grupos de afectados, por una parte consumidores no informados por escrito con carácter previo a la firma del préstamo hipotecario, que podrán solicitar su nulidad con arreglo a dicha falta de información. Y por otra, consumidores sí informados por escrito previamente a la firma del préstamo hipotecario, que deberán someter a la consideración de un perito financiero el análisis del documento”, ha indicado el director del departamento Concursal de IURE Abogados, Carlos Pavón.
Pavón ha remarcado que, en la práctica, está sucediendo que los documentos de información previos a la firma “carecen de toda la información necesaria para un conocimiento profundo del producto”, lo que conlleva idéntica respuesta judicial, la nulidad de la escritura de préstamo hipotecario.
“Cabe indicar que, ante consumidores que no pueden hacer frente al pago de las cuotas hipotecarias vigentes, ha sido acogida judicialmente la pretensión de suspender de forma cautelar el proceso de ejecución hipotecaria instada por la entidad por el impago de las cuotas. De esta forma, la entidad no puede ejecutar la hipoteca por impago hasta que se resuelva la demanda de nulidad de la escritura planteada por el consumidor, lo cual supone una importante protección de los derechos de los consumidores”, ha matizado Pavón.
Las hipotecas multidivisa se hicieron más o menos comunes hace unos años, en plena burbuja inmobiliaria. Consistían en un contrato hipotecario que en vez de suscribirse en euros se realizaba en una moneda extranjera, comúnmente el yen o el franco suizo, aprovechando que los tipos de interés eran sensiblemente más bajos en esos momentos que el Euríbor.
Sin embargo, a cambio se añadía un riesgo adicional, el tipo de cambio entre las propias monedas, ya que una subida del yen o el franco frente al euro elevaba a su vez el importe a devolver al banco.
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