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El juez Andreu vuelve a rechazar la investigación del ‘caso Rato’

El magistrado argumenta a la Fiscalía Anticorrupción que su decisión de enviar el caso Rato a la justicia ordinaria es irrecurrible. El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha rechazado la petición de la Fiscalía Anticorrupción de asumir la investigación sobre el patrimonio del exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato, argumentando que su decisión de enviar la causa a los juzgados de Madrid es irrecurrible y que el Tribunal Supremo es el órgano encargado de dilucidar las dudas sobre qué órgano es el competente para instruirlo.

En un auto recogido por la agencia Europa Press, el magistrado inadmite a trámite el recurso presentado por Anticorrupción y corrige el “error tipográfico” que presentaba la resolución del pasado 18 de septiembre, por la cual devolvió la causa al titular del Juzgado de Instrucción número 31 de Madrid, Antonio Serrano-Arnal, y en la que constaba que contra la misma cabía recurso.

Andreu, que rechaza el recurso de reforma y subsidiario de apelación presentado por la Fiscalía, se basa en los artículos 46 y 759 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para destacar que si hay dudas sobre qué juzgado es el competente, la instancia superior a ambos órganos deberá resolver esta cuestión.

De esta forma, expone que su decisión de devolver el ‘caso Rato’ al juzgado de Serrano-Arnal no es recurrible “pues la norma establece claramente qué órgano y en qué sede debe resolverse la cuestión de competencia planteada, que en este caso no es la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, sino la Sala Segunda del Tribunal Supremo, como superior jerárquico común al juzgado de Instrucción de Madrid y a este Juzgado Central”.

El juez Serrano-Arnal, que hace unos días decretó el embargo de bienes por valor de 18 millones a Rato, incluyendo su pensión del Fondo Monetario Internacional (FMI), tiene ahora la posibilidad de plantear un conflicto negativo de competencia ante el Supremo.

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El juez Andreu vuelve a rechazar la investigación del ‘caso Rato’

E.B.

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