Consumo abre expediente sancionador a varias aerolíneas lowcost por los sobrecostes por equipaje de mano

Consumo abre expediente sancionador a varias aerolíneas lowcost por los sobrecostes por equipaje de mano

El ministerio también investiga el coste extra por la reserva del asiento contiguo para acompañar a menores de edad o a personas dependientes.

avión aeropuerto coche viaje

Imagen de un avión.

Consumo ha incoado los primeros expedientes sancionadores a varias aerolíneas lowcost por el cobro de sobrecostes por el equipaje de mano transportado en cabina. El ministerio, a través de la Dirección General de Consumo, ha ampliado el caso a los sobrecostes aplicados a otros servicios que tradicionalmente se incluían en el precio del billete, como la reserva del asiento contiguo a otro pasajero en el caso de menores o personas dependientes.

Según señala el departamento de Alberto Garzón, “a través de esta práctica de desgajar servicios tradicionalmente incluidos en el precio del billete y cobrar al pasajero un suplemento por ellos, estas compañías ofrecen en su publicidad precios muy competitivos”. Esto les permite tener, afirma en una nota, “un posicionamiento SEO privilegiado en los motores de búsqueda y en los comparadores respecto a competidores que sí incluyen estos servicios en el precio del billete que se anuncia en el comparador”.

Sin embargo, critica que este precio inicialmente ofertado en la publicidad “no se corresponde en la mayoría de los casos, como consecuencia de estas prácticas, con el precio que finalmente acaba pagando el consumidor”.

Además, estas aerolíneas no estarían permitiendo el pago en metálico en el aeropuerto por los servicios adicionales, en contra de lo dispuesto por la normativa.

Algunas de las compañías aéreas expedientadas, según Facua, son Ryanair, Vueling, Easyjet y Volotea. Esta organización de consumidores lleva varios años denunciando este tipo de prácticas.

Las sanciones previstas para estas infracciones pueden llegar a considerarse como infracciones graves o muy graves, y sancionarse con multas de entre 10.001 y 100.000 euros, en el caso de las graves, y entre 100.001 y 1.000.000 de euros, en el caso de las muy graves.

En el caso de que el beneficio ilícito obtenido por las prácticas infractoras superara dichas cantidades, advierte Consumo, las sanciones que se impongan podrían alcanzar hasta entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido, para las infracciones graves, y entre seis y ocho veces el beneficio ilícito obtenido, en el caso de las muy graves.

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