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Cómo frenar la precariedad mientras se derogan las últimas reformas laborales

UGT recuerda al Gobierno de Pedro Sánchez que su objetivo imprescindible es la derogación de las últimas reformas laborales, y “su sustitución por una nueva normativa que, de manera inmediata, cree empleo de calidad y con derechos, aumente la protección de los desempleados y configure un mercado de trabajo digno y productivo”, pero mientras esto ocurre el sindicato reclama frenar la precariedad laboral con siete medidas urgentes en cinco puntos fundamentales: contratación, jornada, subcontratación, despido y negociación colectiva.

Y es que la organización sindical exige “pasar de las palabras a los hechos” y adoptar sin demora siete medidas: desaparición del contrato indefinido de apoyo a emprendedores; obligatoriedad de registro de diario de jornada; primacía del convenio sectorial; nueva regulación de la subcontratación y empresas multiservicios; en los despidos improcedentes, el trabajador debería decidir entre indemnización o readmisión; no a las comisiones ad hoc en la negociación colectiva y que los convenios mantengan su vigencia.

El hecho de que el primer punto urgente que exige UGT para acabar con la precariedad sea eliminar el contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a emprendedores con un periodo de prueba de un año, es decir, un contrato temporal con una bonificación de un año y sin causa, no es baladí, ya que los sindicatos llevan mucho denunciando que de hecho esta fórmula -nacido al calor de la reforma laboral del PP en el 2012- la sido utilizada en muchos casos como contratación temporal con despido libre en el primer año. Además, han denunciado que muchas empresas han dejado de contratar a trabajadores por cuenta ajena, para contratar a autónomos que en realidad no lo son.

«Trabajadores pobres»

Estas siete medidas permitirían -según el sindicato- paliar los efectos de las últimas reformas laborales que “han aumentado la desigualdad y la pobreza”, generando una “nueva categoría de trabajadores, los trabajadores pobres, que, aun trabajando, ni siquiera pueden afrontar los gastos básicos necesarios para vivir”.

UGT recuerda que los trabajadores, cada vez más, “se ven abocados a aceptar un empleo a tiempo parcial cuando lo que desean es trabajar a tiempo completo; a considerar inalcanzable un contrato indefinido (indefinido de verdad); a tener unas condiciones de trabajo peores que las de sus compañeros de sector porque su empresa tiene convenio propio; a ser despedido de forma fácil y barata; a ser un eterno becario o a que sus representantes sindicales tengan más difícil la defensa de sus derechos y la mejora de sus condiciones laborales”.

Por tanto, el objetivo es combatir las elevadas tasas de temporalidad, inestabilidad, bajos salarios, subempleo, nuevas formas de explotación laboral y el desempleo que han provocado las últimas reformas laborales con algunas medidas concretas en materia de:

Contratación: eliminación de todos los contratos creados para incrementar la precariedad. El primero, el mal llamado contrato indefinido de apoyo a los emprendedores, cuyas condiciones son peores que las de los contratos temporales: por ley, un año de periodo de prueba para que el empresario pueda despedir sin dar explicación ni indemnización.

Jornada: necesidad de controlar el tiempo que se trabaja. Se tienen que acabar las prolongaciones de jornada que ni se pagan, ni se cotizan, ni figuran a efecto alguno. En este sentido, es imprescindible establecer la obligatoriedad del registro diario de la jornada, para dejar constancia cada día de cuándo se comienza y cuándo se termina la jornada de trabajo con el fin de controlar e impedir las irregularidades, fraudes y abusos en las horas extraordinarias, tiempo parcial o distribución irregular de la jornada.

Subcontratación: la mera aportación de mano de obra, además barata, no puede sustentar la subcontratación de actividades. Es necesaria una nueva regulación exhaustiva de estas formas de organización empresarial, con visión de conjunto, que dote de seguridad jurídica a todos los intervinientes, determine sus responsabilidades, y garantice los derechos y condiciones de trabajo. No puede ser que empresas contratistas o subcontratistas, y las empresas multiservicio, apliquen a sus trabajadores unas condiciones a la baja para competir en precios ante la empresa principal y obtener mayores beneficios.

Despido: no se pueden seguir tolerando los despidos sin causa. Ante un despido improcedente (cuando no hay una razón que justifique la decisión del empresario), es el trabajador quien ha de decidir sobre su futuro. La opción entre readmisión o indemnización fuertemente disuasoria debe corresponder al trabajador.

Negociación Colectiva: la prioridad aplicativa del convenio de empresa, sobre cualquier otro, implica que puede rebajar las condiciones fijadas en un convenio de ámbito superior. Es necesario que el convenio sectorial recupere su capacidad protectora. Los convenios colectivos deben prolongar su vigencia hasta la firma del siguiente convenio. La ley tiene que establecer la ultraactividad de los convenios colectivos.

Finalmente, y también en materia de negociación colectiva, desde UGT consideran que deberían desaparecer las comisiones ad hoc, especialmente en empresas con plantillas reducidas.

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E.B.

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