Imagen de una vivienda en alquiler
La mayoría de las posibles infracciones son por no hacer constar el Índice de referencia en los contratos, no individualizar los gastos que se incluyen en la renta y no detallar las características específicas que justificarían la superación de la renta establecida por el índice, según ha señalado el Govern a través de un comunicado.
Concretamente, se han detectado los primeros 30 casos susceptibles de sanción y se enviarán cartas a los 15 ayuntamientos de los respectivos municipios para instarles a incoar el procedimiento sancionador, dado que es su competencia.
En caso de que los ayuntamientos no actúen, la Agència de l’Habitatge de Catalunya (AHC) de la Conselleria de Territorio y Sostenibilidad de la Generalitat sancionará subsidiariamente con multas de entre 3.000 y 90.000 euros.
Las infracciones graves son sancionables con una multa de entre 9.000 y 90.000 euros por el hecho de establecer una renta de alquiler superior en un 20% a la marcada. Por su parte, recoge Europa Press, las leves recibirán una multa de 3.000 a 9.000 euros cuando la renta supere el precio establecido con un tanto por ciento menor al 20%.
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