¿Es legal que una intermediaria de alquiler de vivienda te obligue a contratar un seguro de inquilino?

¿Es legal que una intermediaria de alquiler de vivienda te obligue a contratar un seguro de inquilino?

Si bien esta póliza no es obligatoria para ninguna parte, ofrece protección para ambos, cada una desde su perspectiva.

Se alquila

Se alquila

Más de un 17% de la población del país vive de alquiler. Si bien la ley no exige que el arrendatario asuma el pago de una póliza de inquilino, conviene que cuente con un seguro a su nombre que responda frente a diversos siniestros.

Respondemos a las principales preguntas sobre la póliza del hogar para inquilinos y propietarios.

¿Quién debe contratar un seguro de hogar, el inquilino o el propietario?

Las posibilidades que ofrece una póliza para proteger una vivienda en alquiler son muy amplias. Pero una de las dudas iniciales que más surge suele girar en torno a si la responsabilidad debe ser asumida por el inquilino o por el propietario. 

Si bien esta póliza no es obligatoria para ninguna parte, ofrece protección para ambos, cada una desde su perspectiva.

En caso de pagar un alquiler no tienes la obligación de contratar un seguro ni pagar el coste de la póliza que el propietario haya asumido.

El propietario. Si tienes una vivienda y vas a alquilarla, sin duda necesitas un seguro de hogar. Esta póliza cubrirá el continente (instalaciones y estructura) y el contenido que te pertenezca.

En el mismo seguro puedes incluir una cobertura de protección ante los riesgos de impago del inquilino y de la responsabilidad civil por daños a terceros que pueda ocasionar algún desperfecto del inmueble.

En este sentido, no se contemplarán las pertenencias del arrendatario ni los daños que sus actos causen a terceros.

El inquilino. En caso de pagar un alquiler no tienes la obligación de contratar un seguro ni pagar el coste de la póliza que el propietario haya asumido.

De todas maneras, se recomienda que cuentes con un contrato que cubra tus pertenencias ante daños y robos producidos en la vivienda. En este supuesto, también te conviene incluir la cobertura de responsabilidad civil, ya que nunca se sabe si podemos ocasionar daños a un tercero por algún descuido.

A simple vista, podríamos decir que el seguro de hogar en pisos de renta debe recaer en el propietario,

¿Puede una intermediaria de alquiler obligarnos a contratar un seguro?

El propietario de la vivienda puede tener la intención de incluir en el acuerdo del alquiler una cláusula que nos responsabilice del pago de un seguro de hogar. Frente a esta situación, será nuestra tarea saber cómo negociar y qué firmar en el contrato. 

La pregunta que debes hacer es ¿a nombre de quién y con qué propósito se establece esa póliza? Ten en cuenta que, si asumes el pago de un seguro a nombre del propietario, este no incluirá la protección de tus bienes materiales ni posibles daños a terceros.

Recuerda que nadie, ni bajo ninguna circunstancia, te puede obligar a pagar este tipo de póliza.

Quién debe contratar la póliza en una vivienda de alquiler

En el mercado puedes encontrar opciones específicas de seguros para las viviendas de alquiler. Estas pólizas ofrecen distintas variables que pueden proteger el continente, el contenido y la responsabilidad civil sin la obligatoriedad de asegurar todas estas coberturas.

Casa vivienda hipoteca

A simple vista, podríamos decir que el seguro de hogar en pisos de renta debe recaer en el propietario, ya que es el más interesado en que la vivienda se encuentre asegurada y que deberá dejar constancia en el contrato de alquiler los detalles de la póliza.

¿El inquilino debe contratar un seguro de continente?

De acuerdo con la ley de alquileres, el arrendatario no tiene la obligación de contar con este seguro. El que asume el pago de la cobertura del continente es el propietario.

De todas formas, si ambas partes están de acuerdo, el inquilino puede hacerse cargo del pago del seguro e incluirlo en el contrato de alquiler. Todo es negociable y dependerá de los intereses de cada uno.

En cuanto a la cobertura frente a daños producidos a terceros, es conveniente que sea incluida por ambas partes.

¿Existe la obligación de contratar un seguro de contenido?

Puede suceder que ambas partes estén interesadas en contar con una póliza de contenido. Por ejemplo si el dueño de la vivienda dispone de muebles propios en la casa alquilada y quiere tener una protección frente a un posible robo.

Si el propietario no tiene interés en asegurar los bienes del piso, se recomienda que el inquilino contrate una póliza de contenido para proteger sus propios bienes que están dentro del inmueble.

Qué sucede con el seguro de responsabilidad civil

En cuanto a la cobertura frente a daños producidos a terceros, es conveniente que sea incluida por ambas partes. En el caso del propietario, esta póliza responderá ante daños que no hayan sido consecuencia directa de la acción del inquilino que vive en la casa. Por ejemplo, la rotura de tuberías, un cortocircuito, etc.

Por otra parte, el seguro de responsabilidad civil del inquilino cubrirá todo tipo de daño que ocasione en el piso del dueño. Ten presente que cualquier siniestro causado por el arrendatario, la póliza del propietario no lo cubrirá.

Un seguro de hogar ofrece un abanico de posibilidades que se adaptan a cada necesidad y bolsillo y siempre que sea posible es recomendable que protejas tus bienes y los posibles daños a terceros que puedan producirse.

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