Ya se puede solicitar el voto por correo para las elecciones del 10-N

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Ya se puede solicitar el voto por correo para las elecciones del 10-N

Los ciudadanos tienen hasta el 31 de octubre para solicitar su participación.

Correos
Ya se puede solicitar el voto por correo para las Elecciones a las Cortes Generales que se celebrarán el domingo 10 de noviembre de 2019. Los ciudadanos que quieran votar por correo en el citado proceso electoral pueden solicitar hasta el día 31 de octubre (inclusive), en cualquier oficina de Correos de España y en el horario habitual de apertura de cada oficina, el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral. La obtención de este certificado es requisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia. Esta solicitud debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad -acreditada mediante certificación médica oficial- que impida la formulación personal de la solicitud, en que podrá ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente. En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su personalidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales. Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral correspondientes.

Ya se puede solicitar el voto por correo para las Elecciones a las Cortes Generales que se celebrarán el domingo 10 de noviembre de 2019.

Los ciudadanos que quieran votar por correo en el citado proceso electoral pueden solicitar hasta el día 31 de octubre (inclusive), en cualquier oficina de Correos de España y en el horario habitual de apertura de cada oficina, el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral. La obtención de este certificado es requisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia.

Esta solicitud debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad -acreditada mediante certificación médica oficial- que impida la formulación personal de la solicitud, en que podrá ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente.

En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su personalidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales.

Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral correspondientes.

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