Una jueza española reconoce a un piloto externo como empleado de Ryanair

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Una jueza española reconoce a un piloto externo como empleado de Ryanair

La jueza recuerda a la aerolínea que tiene bases operativas en España a las que están asignados sus pilotos y tripulantes de cabina.

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Un juzgado de lo Social de Santa Cruz de Tenerife ha fallado que los tribunales españoles tienen competencia para examinar las relaciones laborales de Ryanair, y ha reconocido como empleado de la aerolínea a todos los efectos a un piloto contratado a través de sociedades interpuestas. Según publica la agencia Efe y ha adelantado La Vanguardia, Ryanair suele negarse a reconocer ninguna otra jurisdicción que no sea la irlandesa cada vez que un empleado la lleva los tribunales en Europa, con el argumento de que es una aerolínea irlandesa, con sede en ese país y con todos sus aviones matriculados en Irlanda. La jueza Beatriz Pérez Rodríguez admite que así es, pero recuerda a la aerolínea que también tiene bases operativas en España a las que están asignados sus pilotos y tripulantes de cabina. Esta juez defiende que esas bases (en este caso la del aeropuerto de Tenerife Sur) son a todos los efectos centros de trabajo según la legislación española, lo que habilita a los tribunales de este país (y no solo a los irlandeses) a examinar sus condiciones laborales. En este caso, Ryanair había sido demandada por un piloto contratado a través de dos sociedades interpuestas: facturara sus trabajos como empresa con base en Irlanda (el piloto se convirtió en propietario del 33% de Franylee Ltd, porque la compañía de bajo coste exigía trabajar con esa mecánica) a una segunda sociedad irlandesa, Brookflied, a la que, a su vez, pagaba la aerolínea los servicios prestados. La juez falla que se trata de una relación mercantil falsa, que esconde, en realidad, un contrato laboral y una cesión ilícita de trabajadores a Brookfield, porque no tiene ninguna duda de que ese piloto trabajaba directamente para Ryanair, en aviones de Ryanair y con las condiciones, horarios y exigencias técnicas que esta fijaba.

Un juzgado de lo Social de Santa Cruz de Tenerife ha fallado que los tribunales españoles tienen competencia para examinar las relaciones laborales de Ryanair, y ha reconocido como empleado de la aerolínea a todos los efectos a un piloto contratado a través de sociedades interpuestas.

Según publica la agencia Efe y ha adelantado La Vanguardia, Ryanair suele negarse a reconocer ninguna otra jurisdicción que no sea la irlandesa cada vez que un empleado la lleva los tribunales en Europa, con el argumento de que es una aerolínea irlandesa, con sede en ese país y con todos sus aviones matriculados en Irlanda. La jueza Beatriz Pérez Rodríguez admite que así es, pero recuerda a la aerolínea que también tiene bases operativas en España a las que están asignados sus pilotos y tripulantes de cabina.

Esta juez defiende que esas bases (en este caso la del aeropuerto de Tenerife Sur) son a todos los efectos centros de trabajo según la legislación española, lo que habilita a los tribunales de este país (y no solo a los irlandeses) a examinar sus condiciones laborales.

En este caso, Ryanair había sido demandada por un piloto contratado a través de dos sociedades interpuestas: facturara sus trabajos como empresa con base en Irlanda (el piloto se convirtió en propietario del 33% de Franylee Ltd, porque la compañía de bajo coste exigía trabajar con esa mecánica) a una segunda sociedad irlandesa, Brookflied, a la que, a su vez, pagaba la aerolínea los servicios prestados.

La juez falla que se trata de una relación mercantil falsa, que esconde, en realidad, un contrato laboral y una cesión ilícita de trabajadores a Brookfield, porque no tiene ninguna duda de que ese piloto trabajaba directamente para Ryanair, en aviones de Ryanair y con las condiciones, horarios y exigencias técnicas que esta fijaba.

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