Puerto de Barcelona
El auto judicial indica que no hay pruebas suficientes para imponer medidas cautelares, como la retención del buque o la identificación de su capitán.
Un juez de instrucción de Barcelona ha rechazado la adopción de medidas urgentes contra un barco sospechoso de transportar armamento a Israel, como solicitaron diversos activistas propalestinos. La decisión del magistrado del Juzgado de Instrucción número 30 de Barcelona se basa en la ausencia de indicios objetivos que acrediten dicha implicación.
“Los perjuicios que podrían provocarse ante la adopción de estas medidas con la información actualmente disponible no guardan proporción”, destaca el juez en su auto
El magistrado considera que, sin datos objetivos sobre el contenido del cargamento o su destino final, no procede imponer cautelares como el registro o la retención del buque.
La denuncia presentada forma parte de la campaña internacional ‘Fin al Comercio de Armas con Israel’, que denuncia la colaboración de distintos países y empresas en el suministro de armamento a Israel. En este caso, los activistas señalan que el barco atracado en Barcelona debía recoger en Tánger (Marruecos) una carga militar procedente de Estados Unidos, con destino a Israel.
“Ambos barcos están directamente implicados en una cadena logística y programada de suministro armamentístico a Israel”, sostienen los activistas en la denuncia
La organización alerta de que esta cadena logística contribuye a las operaciones militares que, según ellos, forman parte de un plan sistemático contra la población civil gazatí. Puedes leer más sobre este contexto en nuestra sección dedicada al conflicto en Gaza.
En su resolución, el juez afirma que el buque ha aportado la documentación relativa a la mercancía descargada en el Puerto de Barcelona, la cual consiste en materiales plásticos, alimentos procesados, aparatos eléctricos, tambores, bidones, textiles, algodón y vidrio. Según el auto, no figura ningún componente de tipo militar.
“No es posible determinar que el buque vaya a recoger material de guerra a Marruecos, mucho menos en el destino en que se entregaría tal material”, concluye el auto judicial
El magistrado recuerda que, sin una verificación clara de la carga que se recogerá en Tánger, no se puede hablar de una operación vinculada al comercio de armas, por lo que imponer restricciones preventivas sería jurídicamente desproporcionado.
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