Categorías: Tecnología

Rojadirecta, condenada al cierre total y a indemnizar a Movistar+

Nueva sentencia contra Puerto 80 Projects, propietaria de la web, tras perder antes su batalla con Mediapro. El portal web Rojadirecta ha recibido un nuevo golpe judicial. El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de A Coruña ha ordenado a su propietaria, Puerto 80 Projects, el cierre total de todos los dominios asociados al sitio y le ha prohibido volver a ofrecer estos contenidos. Además, la compañía deberá indemnizar a Movistar+ por los daños producidos por difundir sin permiso sus emisiones deportivas.
 
El fallo, dictado el 1 de febrero, responde a la demanda la interpuso DTS (Canal +, primero, y actualmente Movistar + tras la compra de Telefónica) contra Puerto 80 Projects, administrada por Igor Seoane, por haber violado sus derechos patrimoniales de propiedad intelectual.
 
Aunque Seoane alega que a labor de la web es la de intermediario, ya que los contenidos son facilitados por los usuarios, el juez considera que la “catalogación y ubicación en los epígrafes correspondientes de un índice de contenidos era imprescindible para que el gran público accediera a los contenidos protegidos insertados en páginas que no gozan de libre acceso y reservadas al público abonado”. Por tanto, el magistrado estima que Rojadirecta ha sido un cooperador necesario y culpable de la vulneración de derechos de propiedad intelectual, como adelanta El País, que ha tenido acceso a la sentencia.
 
Se trata del segundo fallo contra Puerto 80 Projects, pues el pasado mes de noviembre, en la resolución de una demanda presentada por Mediapro también por violación de los derechos de propiedad intelectual, el Juzgado de lo Mercantil número 2 de La Coruña condenó al portal de Internet “a cesar inmediatamente en la facilitación de enlaces o links de Internet, de cualquier tipo, que den acceso al visionado en directo o en modo ligeramente diferido de partidos de fútbol producidos o emitidos por cualquiera de las demandantes ya sea en la actual o en futuras temporadas”.
 
La nueva sentencia no es firme y cabe contra ella recurso de apelación. Además, queda pendiente la determinación de la cuantía de la indemnización por daños.
 

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E.B.

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