Suspendida la actividad física en instalaciones dependientes de la Comunidad de Madrid de gestión directa

Coronavirus

Suspendida la actividad física en instalaciones dependientes de la Comunidad de Madrid de gestión directa

Las competiciones autonómicas federadas de carácter oficial también quedan suspendidas temporalmente.

Asamblea de Madrid

La Comunidad de Madrid ha establecido medidas extraordinarias en el ámbito del deporte y la actividad física de la región ante la evolución del coronavirus (COVID-19), que pasan, entre otros por la suspensión temporal de la actividad física y deportiva en todas las instalaciones dependientes del Gobierno regional de gestión directa.

Según ha explicado el Ejecutivo autonómico en un comunicado, sí se podrá mantener, siempre bajo el criterio de las federaciones deportivas competentes, la actividad de tecnificación deportiva que se desarrolle en el ámbito territorial de la región, independientemente de la instalación en la que se lleve a cabo. En estos casos ha instado a seguir las recomendaciones y medidas adoptadas por las autoridades sanitarias.

Por su parte, las competiciones autonómicas federadas de carácter oficial también quedan suspendidas temporalmente, salvo aquellas cuya celebración sea estrictamente necesaria a juicio de las federaciones. En este último supuesto, las competiciones tendrán lugar a puerta cerrada y sin asistencia de público.

Además, se establece la suspensión temporal de las actividades establecidas en todos los programas deportivos de la Comunidad de Madrid, entre los que se incluyen: Institutos promotores de la Actividad Física y el Deporte; Madrid Comunidad Olímpica; Activa tu capacidad; Fase zonal y final del programa de Deporte Infantil; Campeonatos Universitarios; En forma; Sábados deportivos; Escuelas deportivas y Actividades Deportivas; y el Programa de Colaboración. Estas medidas y recomendaciones tienen una vigencia de 15 días naturales, sin excluir posibles prórrogas que se vayan acordando de forma sucesiva.

El Gobierno autonómico ha hecho extensiva la suspensión temporal a las instalaciones deportivas directamente dependientes de las Entidades Locales o sus entes deportivos municipales en la región, así como a las actividades deportivas de ámbito municipal que conlleven asistencia de público

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