Aeropuerto Madrid-Barajas Adolfo Suárez
La amplia disponibilidad de las pruebas rápidas de antígeno incluidas en la lista común acordada por el Comité de Seguridad Sanitaria justifica establecer un periodo de validez no superior a las 24 horas para dichas pruebas, según recoge la Resolución de 28 de enero de 2022, de la Dirección General de Salud Pública, por la que se modifica la de 4 de junio de 2021.
Asimismo, según recoge Europa Press, se aceptarán como válidos los certificados de prueba diagnóstica de amplificación de ácido nucleico molecular (NAAT) de infección activa de Covid-19 con resultado negativo, cuya muestra haya sido obtenida dentro de las 72 horas anteriores a la llegada.
El certificado de prueba diagnóstica, además, deberá incluir al menos nombre y apellido del titular; fecha de la toma de la muestra; tipo de test realizado; país emisor.
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