Rapapolvo sindical al Gobierno “feminista” de Sánchez por los servicios mínimos del 8M

Rapapolvo sindical al Gobierno “feminista” de Sánchez por los servicios mínimos del 8M

CCOO impugnará los servicios mínimos fijados por Fomento por “vulnerar el derecho de huelga”.

Pedro Sánchez, Consejo de Ministros

Los servicios mínimos impuestos por el Ministerio de Fomento en torno a la huelga general de este viernes día 8 de marzo no han gustado nada a los sindicatos. En especial, a CCOO que ha cargado con dureza contra el Gobierno de Pedro Sánchez, al que acusa de buscar el “fracaso” del paro convocado con motivo del Día de la Mujer. El sindicato ya ha anunciado que impugnará las órdenes del departamento de José Luis Ábalos.

“Un Gobierno que se dice feminista, que dice compartir las razones de la convocatoria de huelga del 8M, toma decisiones que buscan el fracaso de la misma, que se invisibilice la huelga y que, por ello, no triunfen sus reivindicaciones”. Así lo asegura Comisiones en un comunicado en el que escenifica su malestar con los servicios mínimos establecidos por Fomento.

En concreto, este ministerio ha ordenado garantizar el 100 % de los vuelos con territorios no peninsulares, el 38 % de los servicios domésticos con alternativas inferiores a cinco horas, el 65% de los trenes de media distancia, así como el 72 % de larga distancia y alta velocidad.

Para este sindicato “repiten casi literalmente” lo que decretó el Ejecutivo de Mariano Rajoy con motivo de la huelga general del 8 de marzo del pasado año, que ya impugnó ante la Audiencia Nacional. Por ello, denuncia que Sánchez, “replicando los servicios mínimos dictados” por el anterior gobierno, “hace suya la ruptura de los acuerdos que, en materia de servicios mínimos, se había tenido desde 2010 en las huelgas generales en el ámbito del transporte”.

CCOO lamenta también que se rompa “con un principio básico en los servicios mínimos del transporte desde el inicio de la democracia en el caso de las huelgas generales: la intermodalidad”. “Si los servicios mínimos tienen que buscar el equilibrio entre permitir el libre ejercicio del derecho de huelga y el derecho a la movilidad, hay que considerar de manera global los diferentes modos de transporte, pues si se tiene posibilidad de desplazarse en uno de ellos, no se puede limitar en otros el derecho de huelga”, asegura. En su opinión, hace casi omiso a “la jurisprudencia constitucional primando los derechos económicos de las empresas frente al ejercicio del derecho de huelga”.

“En definitiva, toma partido contra las trabajadoras y trabajadores y sus derechos”, censura Comisiones.

El sindicato que encabeza Unai Sordo reconoce que “mentiríamos si dijéramos que nos sorprende el comportamiento de Fomento”. Y es que, señala que este ministerio “ha demostrado su desprecio al diálogo social, ignorando sistemáticamente” sus peticiones para reunirse e “ignorando a las organizaciones sindicales en la práctica totalidad de las materias más importantes que ha tratado” y hace referencia al conflicto VTC-Taxi o al rescate de las autopistas de peaje.

Servicios Mínimos fijados por Fomento

En el transporte ferroviario de viajeros:

-En Cercanías y en hora punta, los servicios mínimos alcanzarán el 75% del servicio de un día laborable y, en hora valle, se alcanzará el 50% del servicio de un día laborable.

-En los servicios de Media Distancia se garantiza el 65% del servicio normal diario y, en cualquier caso, se asegura al menos un tren por sentido al día.

-En los servicios de Alta Velocidad/Larga distancia se establecen unos servicios mínimos del 72% del habitual.

En el transporte aéreo:

-El 100% de los servicios domésticos de cada compañía aérea para cada ruta con los aeropuertos de los territorios no peninsulares.

-El 38%, de los servicios de cada compañía aérea para cada ruta con ciudades españolas peninsulares, en los que el medio alternativo de transporte público signifique un recorrido con un tiempo de desplazamiento inferior a 5 horas.

-El 57%, de los servicios de cada compañía aérea para cada ruta con ciudades españolas peninsulares cuyo medio alternativo de transporte público signifique un recorrido con un tiempo de desplazamiento igual o superior a 5 horas, así como en cada ruta con ciudades extranjeras.

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