¿Qué y a quién podrán reclamar los afectados por el colapso de la AP6?

Atasco en la AP6

¿Qué y a quién podrán reclamar los afectados por el colapso de la AP6?

A la espera de conocer el resultado del informe expuesto por la empresa concesionaria, se abren dos vías por las que reclamar: administrativa y civil.

Carretera nevada

Los damnificados por el colapso sucedido el sábado 6 de enero en la autopista AP6 tienen ahora la posibilidad de intentar recibir alguna compensación por todo el prejuicio recibido en el día de Reyes. Sin embargo, ante la falta de resolución del expediente abierto por el Ministerio de Fomento, ¿a qué y quién se puede reclamar?

El bufete de abogados Legálitas ha sido uno de los primeros en detallar cuáles son para ellos los pasos que deben tomar los afectados por el colapso. Su primera recomendación es esperar unos días, puesto que Fomento ha abierto un expediente a la concesionaria de la autopista (Iberpistas) para que les informe de lo ocurrido.

“Estudiado este informe por las autoridades se podrá tener una idea más clara sobre a quién reclamar, en función de la responsabilidad que se derive. Hasta entonces, será recomendable intentar probar nuestra presencia y los daños ocasionados mediante tickets, fotos, facturas y todo lo que se pueda aportar”, afirma el Bufete.

No obstante, existe también la posibilidad de iniciar ya una reclamación por lo sufrido. En este caso, Legálitas recomienda presentar un escrito e iniciar una doble vía: por vía administrativa mediante una reclamación patrimonial; y por vía civil frente a la empresa concesionaria (Iberpistas) mediante una reclamación civil en vía extrajudicial. “Serán los tribunales quienes marquen el devenir de los acontecimientos y deriven las responsabilidades oportunas”, afirma.

¿Qué reclamar? Los propios afectados serán quienes deban acreditar los daños y cuantificarlos a la hora de pedir una compensación por lo ocurrido, de ahí la importancia de guardar facturas o comprobantes, incluido el recibo del peaje utilizado si es que se llegó a abonar.

La reclamación se hará por daños, materiales (consumo extra de gasolina, noches de hotel, pérdida de vuelos o tren) y morales, siendo estos últimos los más difíciles de cuantificar y probar. Los afectados tienen el plazo de un año para poder iniciar su reclamación.

Precedente halagüeño

Según recuerda este bufete de abogados, en el año 2004 un juez dio la razón a un conductor que se quedó atrapado por una nevada en la autopista AP1. En ese caso, la Audiencia Provincial de Burgos indemnizó al afectado con 150€ debido a las molestias que a este le causó quedarse atrapado durante numerosas horas en dicha carretera.

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