Cataluña

Puigdemont pide al Constitucional suspender la orden de detención nacional apoyado en el criterio del TJUE

La defensa apela a la ley de amnistía y al dictamen europeo para invalidar la medida dictada por el Supremo.

Carles Puigdemont, expresidente de la Generalitat de Cataluña
Carles Puigdemont, expresidente de la Generalitat de Cataluña

La defensa de Carles Puigdemont ha solicitado al Tribunal Constitucional la suspensión inmediata de la orden de detención nacional que sigue vigente contra el expresidente catalán. El equipo jurídico fundamenta su petición en las conclusiones del abogado general del TJUE, que avalan la compatibilidad de la amnistía con el Derecho europeo.

El escrito fue presentado este lunes y requiere que la medida dictada por el magistrado Pablo Llarena quede sin efecto mientras se tramita el recurso de amparo aceptado por el Constitucional el pasado 7 de octubre.

La estrategia jurídica de Puigdemont se apoya en un nuevo escenario normativo europeo y nacional que, según su defensa, desmonta las bases que sostienen la orden de detención desde hace años. El abogado Gonzalo Boye insiste en que la amnistía, ya asumida dentro del ordenamiento español y valorada en positivo por el marco comunitario, deja sin validez las restricciones que pesan sobre el expresident desde 2017. Además, advierte de que mantener la orden implicaría una injerencia desproporcionada, un riesgo real de perjuicios irreversibles y una limitación injustificada de su actividad institucional.

La defensa sostiene que la amnistía dejó sin efecto las órdenes dictadas durante el ‘procés’

Fundamentación jurídica solicitada por la defensa

En su escrito, Boye asegura que la suspensión cautelar es indispensable para garantizar la efectividad del recurso de amparo. Subraya que no se trata de una medida excepcional, sino de un mecanismo “jurídicamente obligado” para proteger derechos fundamentales en riesgo.

La defensa recuerda que Puigdemont lleva “años” con limitaciones en sus desplazamientos y actividad política como consecuencia de órdenes que, según afirma, “han quedado jurídicamente desactivadas” tras la aprobación de la ley de amnistía en 2024 y su validación por la doctrina constitucional.

Boye señala que los perjuicios son reales y afectarían a derechos fundamentales

Argumentos sobre los “perjuicios no hipotéticos”

El escrito incide en que los daños derivados del mantenimiento de la orden no son meramente hipotéticos. Apunta a una restricción prolongada de movilidad, de participación institucional y de ejercicio de representación política. La defensa considera que la prolongación de estas medidas entra en contradicción con el marco normativo vigente y prolonga una situación jurídica “que ya no tiene sustento legal”.

La dimensión europea: el peso del criterio del TJUE

La defensa hace especial hincapié en las conclusiones del abogado general del TJUE, publicadas el pasado 13 de noviembre. El dictamen considera que la ley de amnistía es compatible con el Derecho de la Unión Europea, rechaza que pueda considerarse una autoamnistía y descarta que vulnere la normativa comunitaria en materia de terrorismo o protección de intereses financieros.

Si bien el abogado general detecta algunas disposiciones que podrían ser objeto de análisis, su informe desactiva los argumentos más duros contra la norma y refuerza la tesis de Boye.

El dictamen europeo descarta que la amnistía sea una autoamnistía y avala su encaje en la UE

Un “sacrificio desproporcionado”, según la defensa

A partir de este dictamen, la defensa argumenta que mantener la orden de detención supondría un “sacrificio desproporcionado e innecesario”, contrario a los principios de necesidad, proporcionalidad y mínima injerencia. Boye sostiene que, si el marco legal ha cambiado y la amnistía ha sido reconocida como válida por el estándar europeo y por el Constitucional, no existe justificación para mantener restricciones que afectan a derechos fundamentales.

Contexto judicial del caso Puigdemont

La orden de detención nacional se enmarca en la causa que instruye el magistrado Pablo Llarena en el Tribunal Supremo por el ‘procés’. Tras la aprobación de la ley de amnistía, el Supremo ha mantenido posiciones diferenciadas sobre su aplicación y alcance, generando un escenario de incertidumbre jurídica.

La nueva petición de la defensa pretende aclarar este marco y evitar actuaciones judiciales que, según Boye, podrían quedar invalidadas cuando el Constitucional resuelva el recurso de amparo ya en trámite.

Cronología del caso

Fecha Hito
2017 Declaración unilateral de independencia y salida de Puigdemont de España
2019 Primeras euroórdenes tramitadas ante tribunales europeos
2024 Aprobación de la ley de amnistía en España
7 octubre 2025 El Constitucional admite el recurso de amparo
13 noviembre 2025 Conclusiones del abogado general del TJUE
17 noviembre 2025 Solicitud para suspender la orden de detención

En más del 70% de los casos, el Tribunal de Justicia de la UE sigue la línea marcada por el abogado general en sus conclusiones.

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