Podemos recurre ante el Constitucional la ley de ‘desahucios exprés’

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Podemos recurre ante el Constitucional la ley de ‘desahucios exprés’

El grupo parlamentario cree que la ley vulnera el derecho a la vivienda.

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Unidos Podemos ha presentado este viernes un recurso de inconstitucionalidad contra la ley de ‘desahucios exprés’ porque considera que vulnera el derecho a la vivienda, la inviolabilidad del domicilio y el principio de tutela judicial efectiva recogidos en la Constitución. Podemos destaca que esa ley “permite ejecutar desahucios sin alternativa habitacional de familias vulnerables”.

PP, Ciudadanos, PDECAT y PNV unieron sus fuerzas el pasado 24 de abril para sacar adelante una proposición de ley que acelera el proceso de desalojo de viviendas ocupadas ilegalmente. La propuesta fue aprobada por un solo voto de diferencia en la Comisión correspondiente después de que el PSOE votara finalmente en contra junto a Podemos y ERC.

“El problema central de esta ley es que ataca el derecho básico a un juicio justo, puesto que limita de forma brutal el derecho de defensa y al mismo tiempo no cumple con los compromisos internacionales de España en materia de derechos humanos”, explica Rafael Mayoral, secretario de Sociedad Civil y Movimiento Popular de Unidos Podemos.

La diputada del PDeCAT Lourdes Ciuró aseguró en su momento que la proposición en relación a la ocupación ilegal de inmuebles deja fuera a las entidades financieras y a los fondos ‘buitre’ propietarios de inmuebles vacíos. Una afirmación que no comparte la formación morada.

“Aunque en el papel el texto excluye a gestores privados de vivienda social, bancos y fondos buitre; en la práctica la Ley podría ser utilizada de forma fraudulenta por parte de fondos buitre, que han comprado a los bancos a precios de saldo gran cantidad de viviendas habitadas por familias y, que a su vez, ya han sido transmitidas a personas físicas vinculadas directamente con dichos fondos”, denuncia Podemos.

La realidad es que la ley asegura que las personas físicas propietarias de vivienda, entidades sin ánimo de lucro y entidades titulares o gestoras de un fondo de viviendas destinadas a alquiler social podrán pedir “la inmediata recuperación de la plena posesión de una vivienda o parte de ella siempre que se hayan visto privados de ella sin su consentimiento”.

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