Las tasas ‘Google’ y ‘Tobin’ dan sus últimos pasos en el Senado para su aprobación definitiva

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Las tasas ‘Google’ y ‘Tobin’ dan sus últimos pasos en el Senado para su aprobación definitiva

Se ha fijado para este jueves la Comisión de Hacienda para dictaminar sendos proyectos, que tendrán que elevarse al Pleno del Senado este mes de octubre.

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Los proyectos de ley del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales (‘tasa Google’) y del Impuesto sobre las Transacciones Financieras (‘tasa Tobin’) encaran la recta final de su tramitación parlamentaria, ya que la Comisión de Hacienda del Senado abordará este jueves el dictamen de sendos proyectos, que posteriormente se elevará al Pleno de la Comisión Baja para su aprobación definitivamente.

En concreto, se ha fijado para este jueves la Comisión de Hacienda para dictaminar sendos proyectos que, una vez aprobado en reunión de ponencia y tras los votos particulares, tendrá que elevarse al Pleno del Senado este mes de octubre para los posibles vetos y su aprobación definitiva, al no tener competencia legislativa plena.

La tasa ‘Google’ recibió 2 vetos y 91 enmiendas en su primera fase en el Senado, mientras que la tasa ‘Tobin’ recibió igualmente dos vetos y un total de 64 enmiendas.

Fuentes socialistas explicaron a Europa Press que esperan que no se incluyan enmiendas en los proyectos de ley en su paso por el Senado, de forma que no tendría que regresar de nuevo al Congreso.

LOS CAMBIOS EN EL CONGRESO

El pasado 30 de julio la Comisión de Hacienda del Congreso validó ratificó las ponencias y validó sendos proyectos de ley, remitiéndolos directamente al Senado y contemplando autoliquidaciones mensuales y su entrada en vigor a los tres meses de publicarse en el BOE, de forma que previsiblemente verán la luz en enero de 2021.

La denominada ‘tasa Google’ recibió entonces 19 votos a favor, 14 votos en contra y 3 abstenciones, y se ha incluido en ella una enmienda transaccional, mientras que la ‘tasa Tobin’ obtuvo un respaldo mayor, con 21 votos a favor, 14 en contra y una abstención, con dos enmiendas transaccionales introducidas.

Se trata de las dos primeras modificaciones fiscales contempladas en el plan fiscal del Gobierno de cara a los Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2021.

Los textos de los proyectos de ley contemplan la entrada en vigor de los mismos a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), por lo que previsiblemente los nuevos impuestos no verán la luz hasta enero de 2021.

La intención del Gobierno es que los nuevos impuestos entren en vigor el próximo 1 de enero y la Ley de Presupuestos Generales del Estado podrá modificar el tipo impositivo y las exenciones del impuesto.

Con la ‘tasa Tobin’ el Gobierno prevé recaudar 850 millones de euros anuales, al gravar con un 0,2% las operaciones de adquisición de acciones emitidas en España de empresas cotizadas cuya capitalización bursátil sea superior a 1.000 millones de euros. No se gravará la compra de acciones de pymes y empresas no cotizadas.

Por su parte, la ‘Tasa Google’ gravará aquellas empresas con ingresos anuales totales de, al menos, 750 millones de euros y con ingresos en España superiores a los 3 millones de euros, dirigiéndose a servicios de publicidad en línea, servicios de intermediación en línea y la venta de datos generados a partir de información proporcionada por el usuario durante su actividad o la venta de metadatos.

Aunque Hacienda tenía previsto una recaudación inicial de unos 1.200 millones de euros, posteriormente (antes de la pandemia) la rebajó a 968 millones.

La propia ministra de Hacienda, María Jesús Montero, aseguró que la norma tendrá «carácter transitorio» hasta que se apruebe una normativa a nivel mundial o europeo y que la liquidación no se realizará hasta al menos el 20 de diciembre, lo que permite dar margen a que se logre un acuerdo internacional en el marco de la OCDE y el G20.

La tramitación de este nuevo impuesto se está produciendo en medio de las amenazas de Estados Unidos a España, Francia, Reino Unido e Italia sobre represalias con nuevos aranceles sobre estos impuestos digitales.

AUTOLIQUIDACIONES MENSUALES

En cuanto a los cambios introducidos en el Congreso, se incluyó una transaccional pactada entre PNV y PSOE para dar cumplimiento al Concierto del Convenio económico con el País Vasco y Navarra, de forma que se reúna la comisión mixta del mismo en un plazo de tres meses tras la entrada en vigor de ambos impuestos para concretar la capacidad normativa. Esta petición de convocar la Comisión del Convenio Económico Vasco y Navarro se ha realizado para vía enmiendas transaccionales en ambos gravámenes.

Otro cambio sobre enmiendas de PP, Vox y Cs también en la ‘tasa Tobin’ se refiere a la documentación a aportar en la declaración, eliminando la declaración anual para evitar que no figuren las exentas. Por lo tanto, se realizarán autoliquidaciones mensuales.

Se eleva por garantía judicial y jurídica a rango de reglamento el desarrollo de autoliquidaciones, frente a una orden ministerial como estaba previsto inicialmente.

SE EXCLUYE A LAS OPERACIONES DE AUTOCARTERA

En la ponencia del Congreso se incluyó una enmienda conjunta del PSOE y Unidas Podemos para dejar fuera del impuesto financiero a las operaciones de autocartera.

La iniciativa financiera ya recogía entre sus exenciones las adquisiciones de acciones entre entidades que formen parte del mismo grupo, y en el texto de la enmienda introducida el PSOE y Unidas Podemos ahora eximen directamente del impuesto a todas las adquisiciones de acciones propias o de acciones de la sociedad dominante efectuadas por cualquier entidad que forme parte del grupo que se realicen dentro de un programa de recompra que tenga como único propósito aquellos especificados en el reglamento europeo sobre abuso de mercado.

Además de esta enmienda, ambas formaciones incluyeron otra propuesta con el fin de aclarar el sujeto pasivo de este impuesto cuando la compra de acciones no la realice una empresa de servicios de inversión o entidad financiera.

Se especifica que cuando intervengan uno o más intermediarios financieros por cuenta del comprador, el sujeto pasivo será el intermediario que reciba la orden directamente por parte de este comprador, una condición ya recogida para circunstancias similares en los centros de negociación.

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