El Gobierno decreta el estado de alarma para contener la epidemia

Coronavirus

El Gobierno decreta el estado de alarma para contener la epidemia

La medida permite limitar temporalmente la circulación de personas pero no los derechos fundamentales de los ciudadanos.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez

El Gobierno decretará este sábado en un Consejo de Ministros extraordinario el estado de alarma para hacer frente a la expansión del coronavirus. Así lo ha anunciado el presidente del Ejecutivo, Pedro Sánchez, en una declaración institucional en el Palacio de la Moncloa en la que ha advertido de que “nos esperan semanas muy duras”. “Estamos solo en la primera fase de un combate que se libra en todo el mundo”, ha señalado.

El jefe del Ejecutivo ha comunicado al Rey que este sábado se decretará el estado de alarma en España durante 15 días debido a la “emergencia sanitaria y social generada” por el Covid 19. En esta cita con su gabinete se adaptará un conjunto de decisiones “orientadas a movilizar todos los recursos del estado para proteger mejor la salud de los ciudadanos”. “Recursos económicos, sanitarios, tanto públicos como privados, tanto civiles como militares”, ha afirmado.

A la espera de conocer en qué se traduce esta declaración, qué medidas incluye, Sánchez ha adelantado que dará cuenta de ello al Congreso. Y es que, ya ha informado a la presidenta de la Cámara, Meritxell Batet, y a las principales fuerzas políticas de esta decisión. Esta tarde hará lo propio con los diferentes responsables de las Comunidades Autónomas.

Dicho esto, el presidente del Gobierno ha advertido de un repunte en los casos. “No cabe descartar que en la próxima semana alcancemos desgraciadamente los más de 10.000 afectados”, ha avisado. Ante esto, ha enviado un mensaje a la ciudadanía. “Todos tenemos una tarea y una misión”, ha asegurado antes de ensalzar la labor de los profesionales de la Sanidad, que forman “la primera línea” y son “nuestro escudo frente al virus”. Por ello, ha defendido la necesidad de proporcionarles todos los medios necesarios para que puedan desarrollar su trabajo.

También ha tenido palabras para los jóvenes. “Es cierto que por su vitalidad pueden sentirse al abrigo de los efectos más severos del virus, pero pueden actuar como transmisores a otras personas cercanas mucho más vulnerables”. Ante esto, ha continuado, “su colaboración es decisiva para cortar los contagios” y les ha instado a “limitar los contactos y mantener la distancia social”.

“La victoria depende de cada uno, el heroísmo consiste también en lavarse las manos, en quedarse en casa”, ha sostenido Pedro Sánchez, que ha dejado claro que “tardaremos semanas, va a ser muy duro y difícil, pero vamos a parar el virus con unidad, responsabilidad y disciplina social”.

“Este virus lo pararemos unidos”, ha concluido.

¿Qué es el estado de alarma y qué supone?

El artículo 116 de la Constitución fija que el estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de 15 días, dando cuenta al Congreso, “reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo”. El decreto, además, determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración.

Tanto los estados de alarma, como los de excepción y sitio, están regulados por la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, cuyo artículo 11 deja claro qué medidas conlleva. Son las siguientes:

-Limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos.

-Practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias.

-Intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, con excepción de domicilios privados, dando cuenta de ello a los Ministerios interesados.

-Limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad.

– Impartir las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios de los centros de producción afectados por el apartado d) del artículo cuarto.

El Gobierno ya decretó el estado de alarma en diciembre de 2010 ante la huelga de los controladores aéreos.

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