El Estado perdona 40.000 millones de impuestos al año sin verificar a la mitad de los beneficiarios

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El Estado perdona 40.000 millones de impuestos al año sin verificar a la mitad de los beneficiarios

El Tribunal de Cuentas pide a la Agencia Tributaria que optimice el control de las exenciones a sujetos como la Iglesia o entidades sin ánimo de lucro.

Cristobal Montoro, ministro de Hacienda y Función Pública

Hacía más de una década que el Tribunal de Cuentas no revisaba el control que Hacienda ejerce sobre los “beneficios fiscales”: un concepto difuso que ni la propia Administración ha definido con claridad, según el último informe publicado por el fiscalizador. En general, se trata de “aquellos gastos públicos que se originan por disminuciones o reducciones de los tributos”.

En el ejercicio de 2015, estos gastos “que consisten en la falta de un ingreso” alcanzaron los 40.719 millones de euros. La mayor parte de esas condonaciones tributarias del Estado a determinados sujetos y organizaciones proceden de descuentos en el IRPF, el IVA y otros impuestos indirectos. Su cálculo y previsión es de vital importancia en el equilibrio presupuestario del Estado: en 2015 se estimaron en el 26,3% del total de la recaudación estatal.

“Suponen una merma importante de los ingresos públicos y están orientados al logro de determinados objetivos de política económica y social”, recuerda el Tribunal de Cuentas. Sin embargo, su único informe sobre ellos desde 2004 saca los colores a los métodos de control de la Agencia Tributaria (AEAT): “La mitad de los filtros que se activan cada año para el control de los beneficios fiscales (BFs) quedan permanentemente pendientes de resolución y no dan lugar a actuación alguna de la Agencia”, critica el análisis del Tribunal, que entiende que la causa no es sino la falta de medios en la propia AEAT.

Además del posible quebranto a la recaudación de impuestos, la falta de control real sobre estos privilegios fisacles impide que el Estado pueda calcular fielmente sus ingresos. La tardanza de las inspecciones a los beneficiarios no ayuda, pero además su cálculo es muy complejo y “no todos los incentivos fiscales se consideran beneficios fiscales”. El Tribunal subraya por tanto que los Planes de Beneficios Fiscales que elabora el Ministerio de Hacienda “no consiguen reflejar la disminución de la capacidad recaudatoria del Estado” por el efecto de estas exenciones.

La principal denuncia del Tribunal es que del total de las alertas informáticas que recibe la AEAT sobre determinados contribuyentes que disfrutan de alguno de estos beneficios en todo un año, Hacienda solo resuelve la mitad.

Critica que la mayoría de recomendaciones en el informe de 2007 (para datos de 2004), siguen sin corregirse, e insta a la AEAT a mejorar el control de contribuyentes con régimen fiscal especial por ser entes religiosos, sin ánimo de lucro o de interés público.

Sin concepto y sin objetivo

El IRPF de 2015, sin contemplar los beneficios fiscales, gravó una media del 17% de su base imponible. Pero “teniendo en cuenta todos los factores considerados para su cálculo, entre los que se encuentran los beneficios fiscales estimados, fue del 13%”, recrimina el informe. “Por lo tanto, la existencia de los BFs produjo una reducción del tipo efectivo de este impuesto en un 4%”, apunta el fiscalizador.

Se constata por tanto el efecto distorsionador de estos beneficios sobre los tipos efectivos de los grandes impuestos como el IVA o el IRPF. El informe encuentra falta de definición tanto del concepto como del objetivo de los beneficios fiscales, y pide a la Dirección General de Tributos (DGT) que “analice las desviaciones” producidas entre los ingresos calculados y los reales y encuentre las causas de tal desajuste.

Además, el Tribunal de Cuentas considera que las administraciones deben elaborar un concepto legal completo de esta figura tributaria que vaya acompañada de los objetivos socioeconómicos concretos que persiguen los beneficios fiscales.

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