Reforma Laboral

Una sentencia pone en duda la legalidad de la reforma laboral de Rajoy

Mariano Rajoy, presidente del Gobierno

En una sentencia emitida del 19 de noviembre desde el juzgado número 2 de lo Social de Barcelona se acusa al Gobierno de “crear una reforma que protege a los trabajadores”. La magistrada del juzgado de lo social número 2 de Barcelona ha declarado improcedente el despido del trabajador César Expósito, que fue contratado por la empresa de recuperación de neumáticos Alfredo Mesalles con una jornada laboral de 40 horas, con categoría de peón, una cláusula que estableció un periodo de pruebas de un año y que fue despedido ocho días antes de acabar este periodo.

Expósito alegó que según el artículo 10 del convenio colectivo de recuperación de residuos y materias primas secundarias el periodo de prueba es de dos semanas para el personal obrero, ampliable a seis meses, a lo que la empresa se opone porque el contrato se formalizó al amparo de la reforma laboral.

La jueza considera que la aplicación del artículo 4.3 del Real Decreto de Ley 3/12 de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral contraviene la Carta Social Europa, que, por el principio de jerarquía normativa, se sitúa por encima de la ley nacional.

La magistrada cree que este artículo de la Reforma Laboral «vulnera» el artículo 4.4 de la Carta, pues no fija el plazo de preaviso ni indemnización por finalizar el contrato durante el periodo de prueba de un año y que no se puede entender como razonable dicho periodo.

En consecuencia, considera que se ha de aplicar el Estatuto de los trabajadores, que remite al convenio colectivo de aplicación en la materia. El abogado del demandante, Roberto Castro, ha explicado a Efe que no conoce ninguna otra sentencia en España dictada sobre este aspecto de la reforma laboral.

Castro, en declaraciones a El País, considera que la sentencia es “un mazazo, una bofetada a la reforma laboral, que con el contrato indefinido de apoyo a emprendedores encubre el despido libre y sin indemnización”. A Castro no le consta que se haya producido ninguna sentencia previa en este sentido en España y precisa que el término exacto que utiliza la magistrada es que “inaplica” la reforma laboral: “La deja en papel mojado, hace prevalecer la norma superior jerárquica”. La norma internacional a la que alude es el artículo 4.4 de la Carta Social Europea y «la juez considera que un periodo de prueba tan largo como 12 meses no es razonable».

El abogado entiende que en este caso el “abuso es flagrante” porque la empresa despidió al trabajador, César Expósito, ocho días antes de finalizar el periodo de pruebas. “Y ficharon a otro empleado”, asegura.

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