La Audiencia convoca un pleno extraordinario para estudiar la sentencia europea sobre la Doctrina Parot

Justicia

La Audiencia convoca un pleno extraordinario para estudiar la sentencia europea sobre la Doctrina Parot

Sede de la Audiencia Nacional
Los magistrados analizarán la situación procesal de la etarra Inés del Río tras rechazar el Tribunal de Estrasburgo el recurso del Gobierno. La Audiencia Nacional ha convocado para mañana 9.15 horas un Pleno extraordinario para analizar, concretamente, la situación procesal de la miembro de ETA Inés del Río después de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos haya rechazado el recurso del Gobierno contra la sentencia que condenó a España a indemnizarla por haberle aplicado la "doctrina Parot".Así lo han señalado a Europa Press fuentes jurídicas apenas una hora y media después de conocerse la resolución de Estrasburgo, que confirma la condena de julio de 2012 que condenó a España a indemnizarla con 30.000 euros por los cinco años de más que ha permanecido en prisión en aplicación de la "Parot", ya que su excarcelación inicial estaba prevista para 2008.Las mismas fuentes han señalado que la Sala ha dado traslado a la Fiscalía de la Audiencia Nacional para que informe de lo que considere oportuno sobre este asunto antes de la sesión de mañana. Previsiblemente, y en cumplimiento de la sentencia de Estrasburgo, se acordará la libertad de la miembro de ETA.En principio, la sentencia hecha pública por la Gran Sala del TEDH afecta únicamente a la miembro de ETA Inés del Río, si bien la doctrina que se adopte tendrá consecuencias, si sus representaciones legales así lo solicitan, respecto del resto de integrantes de la banda en la misma situación y de otros presos a los que se les ha aplicado, que son violadores reincidentes, asesinos en serie o narcotraficantes.Del Río acudió en amparo al Tribunal Constitucional contra la aplicación en su caso de estas doctrina, que supuso en la práctica una extensión de su condena hasta 2017 al obligar a que la reducción de penas por beneficios penitenciarios (trabajo, estudios...) se aplique respecto de cada una de ellas individualmente y no sobre el máximo legal permitido de permanencia en prisión.

Los magistrados analizarán la situación procesal de la etarra Inés del Río tras rechazar el Tribunal de Estrasburgo el recurso del Gobierno. La Audiencia Nacional ha convocado para mañana 9.15 horas un Pleno extraordinario para analizar, concretamente, la situación procesal de la miembro de ETA Inés del Río después de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos haya rechazado el recurso del Gobierno contra la sentencia que condenó a España a indemnizarla por haberle aplicado la «doctrina Parot».

Así lo han señalado a Europa Press fuentes jurídicas apenas una hora y media después de conocerse la resolución de Estrasburgo, que confirma la condena de julio de 2012 que condenó a España a indemnizarla con 30.000 euros por los cinco años de más que ha permanecido en prisión en aplicación de la «Parot», ya que su excarcelación inicial estaba prevista para 2008.

Las mismas fuentes han señalado que la Sala ha dado traslado a la Fiscalía de la Audiencia Nacional para que informe de lo que considere oportuno sobre este asunto antes de la sesión de mañana. Previsiblemente, y en cumplimiento de la sentencia de Estrasburgo, se acordará la libertad de la miembro de ETA.

En principio, la sentencia hecha pública por la Gran Sala del TEDH afecta únicamente a la miembro de ETA Inés del Río, si bien la doctrina que se adopte tendrá consecuencias, si sus representaciones legales así lo solicitan, respecto del resto de integrantes de la banda en la misma situación y de otros presos a los que se les ha aplicado, que son violadores reincidentes, asesinos en serie o narcotraficantes.

Del Río acudió en amparo al Tribunal Constitucional contra la aplicación en su caso de estas doctrina, que supuso en la práctica una extensión de su condena hasta 2017 al obligar a que la reducción de penas por beneficios penitenciarios (trabajo, estudios…) se aplique respecto de cada una de ellas individualmente y no sobre el máximo legal permitido de permanencia en prisión.

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